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Tribunal Electoral declara improcedente impugnación de Xóchitl Gálvez

TEPJF Declara Improcedente impugnación de Xóchitl Gálvez al carecer de interés jurídico y no haber solicitado la nulidad de la elección presidencial.

Por: Enrique Pérez

CIUDAD DE MEXICO, México.- Durante este miércoles 24 de julio 2024, en Sesión Pública del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), La Comisión Especial integrada por los magistrados Felipe de la Mata Pizaña y Felipe Fuentes Barrera, finalizo sus trabajos con la publicación del proyecto de resolución de los juicios de nulidad presentados en contra de la elección presidencial del Proceso Electoral Federal 2023-2024. En el mismo, se destaca que será analizado por las magistraturas restantes de la Sala Superior.

Al mismo tiempo, se da a conocer que tras un análisis jurídico de los juicios que se presentaron, el proyecto plantea, en primer término, declarar improcedente el juicio promovido por la Candidata de la Coalición “Fuerza y Corazón por México”, Integrada por PAN- PRI y el ahora extinto PRD. Xóchitl Gálvez Ruiz por carecer de interés jurídico al no haber solicitado la nulidad de la elección presidencial, al mismo tiempo este proyecto propone declarar infundada la pretensión de nulidad de la elección presidencial alegada por distintos partidos políticos.


Entre otras causales, se descartan también la intervención del presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) o de grupos del crimen organizado. Ya que para el tribunal se considera que las intervenciones del presidente AMLO, no influyeron o fueron determinantes en el voto de más de 20 millones de personas en 34 “Mañaneras” a las que toman como “pecatta minuta”.

En el proyecto, que consta de 135 páginas que detallan cada planteamiento del caso y que puede visitarse por cualquier ciudadano en el micrositio exclusivamente integrado para este propósito, https://www.te.gob.mx/comision_eleccion_presidencial2024/front/proyecto_resolucion/

Menciona que: “No es posible tener por acreditada la intervención sistemática y reiterada del Ejecutivo Federal porque se refieren a acontecimientos aislados que, de acuerdo con la magnitud de participación ciudadana, no afecta la elección” “La pretensión de nulidad de la elección de Presidenta de los Estados Unidos Mexicanos, es infundada, en los términos precisados en la parte considerativa de esta sentencia”, se puede leer, al menos de primera instancia en los apartados “Sentido del Proyecto”, “Pretensión de Partes” e improcedencia de la demanda SUP-JDC-906/2024.

Incluso, es también de resaltar que se acusó de oficialismo y “elección de estado” al presuntamente, no atender la autoridad electoral la violencia y asesinatos contra candidatos que se presentó en todo el país, así como el hecho de que se hizo uso del dinero público utilizado en programas sociales y la intervención de servidores públicos para favorecer a la candidata de morena, la compra anticipada de votos y la supuesta intervención de la consejera presidenta del Instituto Nacional Electoral (INE), Guadalupe Taddei Zavala.

 

No hay elementos de convicción que sirvan de base a la afirmación de la parte actora, relativa a que hubo una aplicación sesgada de programas sociales y coacción de ciudadanos.

Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), 

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Finalmente, los magistrados considerarían que no se acreditó, en las demandas, una supuesta injerencia en los comicios por parte de gobernadores, sindicatos, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), tras las pruebas otorgadas por la alianza “Fuerza y Corazón por México” para validar una supuesta injerencia de grupos criminales en las elecciones pasadas, de hecho, el proyecto menciona que se trataron de actos de violencia aislada y focalizada debido a que no se puso en riesgo una “elección libre y auténtica”, así como también “No hubo un impacto trascendente o determinante”.

Al tratarse de un proyecto de Ley, se podría revertir en caso de que la demandante en este caso Xóchitl Gálvez, la alianza o abogados políticos, soliciten una nueva audiencia con las magistraturas y en caso de que esto no suceda, entonces se podría declarar la validez de la elección presidencial ya en próximos dilas y se daría por concluido oficialmente el proceso electoral 2023-2024.