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En La Paz se desató una polémica luego de que circulara un video en redes sociales donde presuntamente oficiales retiraban cámaras de seguridad de viviendas y comercios sin presentar orden judicial ni notificación alguna.
Los afectados denunciaron públicamente el hecho, lo que abrió un debate sobre los límites legales en el uso y retiro de equipos de videovigilancia.
¿Qué decía el INAI sobre instalar cámaras en tu casa?
Antes de su desaparición, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) emitió el comunicado INAI/041/2025 (4 de marzo de 2025), donde la comisionada Josefina Román Vergara explicó que el uso de cámaras de videovigilancia es legal, pero debe existir un equilibrio entre seguridad y protección de datos personales.
El INAI fue disuelto el 21 de marzo de 2025 y sus funciones fueron transferidas a un nuevo organismo llamado Transparencia para el Pueblo, que opera como un órgano desconcentrado de la Secretaría de Anticorrupción y Buen Gobierno.
El comunicado señaló que la instalación de cámaras en propiedades particulares es válida, siempre que se respeten las normas locales y de convivencia, y recordó que las imágenes captadas son consideradas datos personales, por lo que deben ser resguardadas con responsabilidad.
También advirtió que la difusión de estas grabaciones en redes sociales sin consentimiento es ilegal y que las grabaciones únicamente pueden retirarse o usarse como prueba en procesos judiciales o ministeriales.
Artículo 17: Las cámaras instaladas al amparo de esta ley no pueden retirarse por ninguna circunstancia, salvo en casos específicos: cuando han dejado de cumplir sus objetivos, por deterioro físico, falta de autorización, o cuando lo ordene una autoridad judicial competente.
Artículo 62: Establece sanciones a quien, sin autorización, modifique, destruya o provoque la pérdida de información contenida en equipos de videovigilancia. Estas conductas pueden constituir delitos como Acceso ilícito a sistemas de videovigilancia.