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El reparto de utilidades continúa siendo una de las prestaciones laborales que más dudas genera entre trabajadores y empresas en Baja California Sur, especialmente conforme se acercan las fechas límite para realizar este pago.
Ante ello, autoridades laborales en el estado recordaron que las personas trabajadoras pueden recibir orientación y acompañamiento gratuito en caso de tener dudas relacionadas con este derecho.
Reparto de utilidades. Foto Pixabay
¿Que puedo hacer si no recibí reparto de utilidades?
La Secretaría del Trabajo, Bienestar y Desarrollo Social (STByDS) informó que las personas trabajadoras que no hayan recibido el pago de utilidades o tengan dudas sobre el monto otorgado pueden solicitar orientación y acompañamiento gratuito.
El titular de la dependencia, Omar Antonio Zavala Agúndez, recordó que las empresas tienen como fecha límite el 30 de mayo para cumplir con esta prestación correspondiente al ejercicio fiscal anterior.
En el caso de personas físicas con actividad empresarial, el periodo para realizar el pago concluye el próximo 29 de junio.
La dependencia estatal explicó que el reparto de utilidades se determina tomando en cuenta factores como los días trabajados y el salario percibido por cada empleado durante el ejercicio fiscal correspondiente.
Asimismo, recordó que la legislación vigente establece límites específicos para este pago. Actualmente, el monto máximo corresponde al equivalente de tres meses de salario o al promedio de la participación recibida en los últimos tres años, aplicándose siempre la cantidad que resulte más favorable para la persona trabajadora.
La Secretaría del Trabajo reiteró que las empresas están obligadas a cumplir con esta prestación dentro de los plazos establecidos por la ley laboral vigente.
Omar Zavala titular de la Secretaría del Trabajo, Bienestar y Desarrollo Social. Foto Rostros y Perfiles.
¿Quiénes tienen derecho al reparto de utilidades?
La (STByDS) recordó que el reparto de utilidades es un derecho laboral que corresponde a las personas trabajadoras que hayan participado en las ganancias de una empresa durante el ejercicio fiscal anterior.
De acuerdo con la dependencia estatal, este beneficio aplica para trabajadores que laboren formalmente y que cumplan con los requisitos establecidos por la ley, principalmente haber trabajado al menos 60 días durante el año fiscal correspondiente.
Además, las autoridades aclararon que este derecho no solo aplica para empleados activos. También pueden recibir utilidades aquellas personas que ya no trabajan en la empresa, siempre y cuando hayan cumplido con el tiempo mínimo laborado durante el periodo evaluado.
La Secretaría del Trabajo señaló que existen casos en los que las personas desconocen si les corresponde este pago o tienen dudas sobre el monto recibido, por lo que reiteró que pueden solicitar orientación gratuita y acompañamiento para revisar su situación.
El titular de la dependencia, Omar Antonio Zavala Agúndez, explicó que el objetivo es garantizar que las y los trabajadores conozcan sus derechos y puedan resolver cualquier irregularidad relacionada con esta prestación laboral.
Secretaría del Trabajo ofrece asesorías. Foto Tribuna
Dónde solicitar asesoría por utilidades en Baja California Sur
Las personas trabajadoras pueden comunicarse con la Dirección de Inspección Laboral al número 612-12-4-29-62 o escribir al correo stpsinspeccionlaboral@hotmail.com para recibir orientación.
También pueden acudir directamente a las oficinas ubicadas en la calle Normal Urbana esquina con Chiapas, colonia Los Olivos, en La Paz.
La dependencia estatal reiteró que, una vez concluido el plazo legal, las y los trabajadores podrán acudir al Centro de Conciliación Laboral para solicitar el pago mediante el procedimiento correspondiente.