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Con la reciente reforma al Reglamento de Tránsito, miles de usuarios de vehículos eléctricos que ahora deberán cumplir con una serie de requisitos como son la licencia de conducir y placas, sin las cuales no se podrá conducir el vehículo.
Sin embargo, las autoridades capitalinas han establecido criterios muy específicos, y algunos conductores quedarán completamente exentos de este trámite.
¿Cuáles serán las nuevas normativas para las bicis y scooters eléctricos en CDMX?
De acuerdo a las reformas a la Ley de Movilidad, para poder manejar de manera libre cualquier VEMEPE deberán ajustarse a la nueva normativa, la cual exige que los conductores cuenten con una licencia de conducir vigente, en caso de tener la licencia permanente esta será válida, mientras que la tipo A vigentes mantendrán su validez hasta su fecha de expiración.
Prohibición total de circular sobre las banquetas y zonas peatonales.
Restricción de tránsito en carriles confinados para el transporte público (Metrobús) y carriles centrales de vías de acceso controlado.
Uso obligatorio y permanente de casco diseñado para motociclistas.
Cero tolerancia a la conducción bajo los efectos del alcohol.
Prohibición de circular en vías con límites de velocidad superiores a los 50 km/h.
Regulamos el uso de los Vehículos Motorizados Eléctricos Personales para mejorar la convivencia con todas las formas de movilidad y establecer reglas justas para todas y todos. ?
Ahora los propietarios deberán de cumplir con obligaciones, esto es todo lo que necesitas saber… pic.twitter.com/EglOKOFcLn
— Secretaría de Movilidad CDMX (@LaSEMOVI) May 18, 2026
¿Cuáles son las motos y scooters eléctricos que podrán quedar exentos al trámite de placas en CDMX?
De acuerdo con lo establecido por las autoridades capitalinas, se determinó que los usuarios de Vehículos Eléctricos Personales (VEP) no están obligados a realizar ningún trámite de emplacamiento, siempre y cuando cumplan estrictamente con tres requisitos técnicos:
Contar con un acelerador independiente y dos o más ruedas.
Mantener una velocidad máxima que no exceda los 25 kilómetros por hora.
Tener un motor con una potencia nominal menor a 250 watts.
Es importante la regulación para los vehículos motorizados eléctricos personales en la Ciudad de México, con estas acciones mantenemos una mejor convivencia vial y prevenir incidentes. ??
Si cuentas con vehículo motorizado eléctrico personal, toma en cuenta esta información.… pic.twitter.com/FqEYTzV2V3
— Secretaría de Movilidad CDMX (@LaSEMOVI) May 7, 2026
¿Cómo serán aplicadas las multas a las bicis y scooters eléctricos en CDMX?
Como ya mencionamos el registro de los Vehículos Motorizados Eléctricos Personales (VEMEPE) comenzará a partir del 1 de julio, hasta el 20 de noviembre.
Sin embargo, se dará un periodo de para que los propietarios de cualquier tipo de VEMEPE lo regularice, por lo que la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC) comenzará a aplicar las sanciones a partir de septiembre. Estas serán aplicadas dependiendo la reincidencia del conductor:
Primera y segunda infracción: 10 UMAs; es decir, mil 175 pesos.
Tercera y cuarta infracción: 15 UMAs; es decir, mil 762.00 pesos.
Reincidentes (5 o más sanciones): 20 UMAs; es decir, 2 mil 350.00 pesos.
¿Sabes cuál es la multa por invadir la #Ciclovía en la Ciudad de México? ?? ??
De acuerdo al #ReglamentoDeTránsito, la sanción económica por esta infracción puede ser de $1,760 a $2,346.
¡No te arriesgues! Respeta el espacio destinado a ciclistas y apoya la seguridad vial… pic.twitter.com/OpjI2OowzO