CDMX

Autoridades de CDMX revelan quiénes no están obligados a tramitar placas para motos eléctricas y scooters

Con la modificación a la Ley de Movilidad, el registro de los Vehículos Motorizados Eléctricos Personales comenzará a partir del 1 de julio

Las autoridades capitalinas señalaron que no todas las motos y scooters eléctricas deberán tramitar las placas.  Foto: Canva
Las autoridades capitalinas señalaron que no todas las motos y scooters eléctricas deberán tramitar las placas. Foto: Canva

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Con la reciente reforma al Reglamento de Tránsito, miles de usuarios de vehículos eléctricos que ahora deberán cumplir con una serie de requisitos como son la licencia de conducir y placas, sin las cuales no se podrá conducir el vehículo.

Sin embargo, las autoridades capitalinas han establecido criterios muy específicos, y algunos conductores quedarán completamente exentos de este trámite.

¿Cuáles serán las nuevas normativas para las bicis y scooters eléctricos en CDMX?

De acuerdo a las reformas a la Ley de Movilidad, para poder manejar de manera libre cualquier VEMEPE deberán ajustarse a la nueva normativa, la cual exige que los conductores cuenten con una licencia de conducir vigente, en caso de tener la licencia permanente esta será válida, mientras que la tipo A vigentes mantendrán su validez hasta su fecha de expiración.

Asimismo, las autoridades capitalinas han señalado que se ha estructurado un estricto código de conducta vial para garantizar una convivencia armónica en la vía pública:

  • Prohibición total de circular sobre las banquetas y zonas peatonales.
  • Restricción de tránsito en carriles confinados para el transporte público (Metrobús) y carriles centrales de vías de acceso controlado.
  • Uso obligatorio y permanente de casco diseñado para motociclistas.
  • Cero tolerancia a la conducción bajo los efectos del alcohol.
  • Prohibición de circular en vías con límites de velocidad superiores a los 50 km/h.

¿Cuáles son las motos y scooters eléctricos que podrán quedar exentos al trámite de placas en CDMX?

De acuerdo con lo establecido por las autoridades capitalinas, se determinó que los usuarios de Vehículos Eléctricos Personales (VEP) no están obligados a realizar ningún trámite de emplacamiento, siempre y cuando cumplan estrictamente con tres requisitos técnicos:

  • Contar con un acelerador independiente y dos o más ruedas.
  • Mantener una velocidad máxima que no exceda los 25 kilómetros por hora.
  • Tener un motor con una potencia nominal menor a 250 watts.

¿Cómo serán aplicadas las multas a las bicis y scooters eléctricos en CDMX?

Como ya mencionamos el registro de los Vehículos Motorizados Eléctricos Personales (VEMEPE) comenzará a partir del 1 de julio, hasta el 20 de noviembre.

Sin embargo, se dará un periodo de para que los propietarios de cualquier tipo de VEMEPE lo regularice, por lo que la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC) comenzará a aplicar las sanciones a partir de septiembre. Estas serán aplicadas dependiendo la reincidencia del conductor:

  • Primera y segunda infracción: 10 UMAs; es decir, mil 175 pesos.
  • Tercera y cuarta infracción: 15 UMAs; es decir, mil 762.00 pesos.
  • Reincidentes (5 o más sanciones): 20 UMAs; es decir, 2 mil 350.00 pesos. 
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