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La medida, publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, contempla restricciones temporales para la venta y el consumo de bebidas alcohólicas en determinadas colonias y barrios de la alcaldía.
Entre los establecimientos que deberán suspender su venta se encuentran vinaterías, tiendas de abarrotes, supermercados con licencia para comercializar bebidas alcohólicas, tiendas de autoservicio y departamentales.
La medida también alcanza a comercios informales y puestos temporales instalados en la vía pública con motivo de ferias, romerías y kermeses.
¿Cuál es la multa por incumplir la Ley Seca?
Las personas que consuman alcohol en la vía pública o infrinjan las disposiciones contempladas por la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México pueden enfrentar distintas sanciones. Entre ellas se encuentran:
Multa: de 21 a 30 UMA, equivalente aproximadamente a entre 2 mil 460 y 3 mil 520 pesos.
Arresto administrativo: de 25 a 36 horas en el Centro de Sanciones Administrativas y de Integración Social, conocido como “El Torito”, o ante un Juzgado Cívico.
Trabajo en favor de la comunidad: de 12 a 18 horas.
Las personas que consuman alcohol en la vía pública o infrinjan las disposiciones enfrentarán sanciones. Foto: Canva
¿Qué pasa con los negocios que vendan alcohol?
Los establecimientos que incumplan la suspensión de venta también pueden recibir sanciones administrativas. De acuerdo con la información proporcionada, las multas previstas por la Ley de Establecimientos Mercantiles de la CDMX pueden ir de 351 a 2 mil 500 UMA, además de contemplar la clausura temporal o definitiva del establecimiento.
Por ello, comerciantes y organizadores de las celebraciones deberán revisar las disposiciones específicas y respetar los horarios y perímetros establecidos para cada festividad.