CDMX

Licencia de conducir para scooters en CDMX tendrá límite de edad y solo estas personas podrán tramitarla

La CDMX alista nuevas disposiciones para los usuarios de scooters eléctricos, entre ellas la implementación de una licencia de conducir.

Licencia de conducir para scooters en CDMX. Foto: IA | Canva
Licencia de conducir para scooters en CDMX. Foto: IA | Canva

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Los scooters eléctricos se han convertido en una alternativa de movilidad cada vez más utilizada en la CDMX; sin embargo, las autoridades capitalinas buscan regular su uso mediante nuevas medidas.

Entre ellas destaca la creación de una licencia de conducir específica para este tipo de vehículos, la cual estará sujeta a restricciones de edad y otros requisitos que deberán cumplir los interesados para obtenerla.

¿Cuál es el límite de edad para obtener la licencia de scooters en CDMX? 

La Secretaría de Movilidad (Semovi) anunció la creación de una licencia para conductores de scooters y bicicletas eléctricas. De acuerdo con la nueva disposición, únicamente las personas mayores de 18 años podrán obtener este documento, por lo que los menores de edad ya no podrán conducir este tipo de vehículos motorizados.

La medida forma parte de las modificaciones en materia de movilidad impulsadas por la jefa de Gobierno, Clara Brugada, con el objetivo de ordenar la circulación de vehículos como scooters, bicimotos y motopatines eléctricos, cuya presencia ha aumentado de manera significativa en las calles de la CDMX.

Además, las autoridades buscan fortalecer la seguridad vial, ya que estos medios de transporte se han visto involucrados en diversos incidentes y conflictos viales en los últimos años.

¿Cuáles son los lineamientos que deben cumplir los conductores de vehículos motorizados en CDMX?

Las regulaciones más recientes en materia vial incluyen a los vehículos motorizados como scooters, motopatines, bicimoto, etc. Por ello, deben cumplir con los siguientes lineamientos:

  • Placas
  • Casco y chaleco
  • Espejos retrovisores 
  • Luces indicadoras, frenos, direccionales e intermitentes
  • Seguro de responsabilidad civil
  • Respetar los límites de velocidad del reglamento de tránsito
  • No circular en ciclovías, banquetas o carriles confinados de transporte
  • Utilizar el carril derecho o vías secundarias.
  • No transportar menores de edad.
  • No sujetarse a vehículos en movimiento.
  • No transportar ningún tipo de carga. 

Cabe mencionar que la Ley de Movilidad establece que los VEMEPEs son vehículos que alcanzan velocidades mayores a 25 kilómetros por hora, por lo que se clasifican como vehículos Tipo A con peso menor a 35 kg y vehículos Tipo B con un peso mayor de 35 kg  a 350 kg.

¿Cuánto costará la licencia para vehículos motorizados en CDMX?

Un dato importante es que estas licencias comenzarán a emitirse a partir del 1 de julio a través de la Secretaría de Movilidad de la CDMX y sus módulos autorizados.

En el caso de la adquisición de vehículos motorizados en la Ciudad de México, será obligatorio que estos cuenten con placas desde su registro. Asimismo, quienes ya posean este tipo de vehículos deberán realizar el trámite correspondiente para poder circular de manera regular.

Para cumplir con estas disposiciones, las autoridades establecieron como fecha límite el próximo 20 de noviembre.

El Gobierno de la CDMX también dio a conocer los costos aplicables para este tipo de trámites.

  • Placas: 709 pesos
  • Licencia Tipo A1: 572 pesos para motos, scooters y bicis eléctricas.
  • Licencia Tipo A2: 1,142 pesos para motos, scooters, bicis y automóviles.




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