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CDMX

¿Qué vehículos eléctricos necesitarán placas vehiculares a partir de esta fecha en CDMX?

A partir de una nueva disposición en la CDMX, algunos vehículos eléctricos deberán tramitar placas vehiculares obligatorias, lo que marca un cambio importante en la regulación de movilidad sustentable.

Vehículos eléctricos en CDMX. Foto: IA | Canva
Vehículos eléctricos en CDMX. Foto: IA | Canva

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A partir de los cambios recientes en la normativa de movilidad en la CDMX, surge una pregunta clave para quienes utilizan transporte eléctrico: ¿qué vehículos deberán tramitar placas vehiculares?

Durante los últimos años, los vehículos eléctricos ligeros como scooters, bicicletas eléctricas y monopatines han ganado popularidad como alternativas sostenibles y prácticas para desplazarse en la ciudad. 

¿Cuál es la fecha en que vehículos eléctricos en CDMX tendrán que tener placas?

En la CDMX se implementarán nuevas disposiciones en materia de movilidad con el objetivo de regular el uso de vehículos personales y mejorar la seguridad vial. Estas medidas responden al crecimiento acelerado de alternativas de transporte eléctrico, que han transformado la forma en que las personas se desplazan en la ciudad.

A partir del 1 de julio de 2026, entrará en vigor una normativa que establece que todos los vehículos eléctricos personales motorizados deberán contar con placas vehiculares y un distintivo de movilidad eléctrica.

El objetivo de esta medida es establecer un mayor control sobre este tipo de वाहículos, promover una convivencia más ordenada entre peatones, ciclistas y automovilistas, y garantizar condiciones más seguras en las vialidades de la capital.

¿Qué vehículos eléctricos tendrán que llevar placas en CDMX?

Los conductores de este tipo de vehículos deberán contar con una licencia de conducir tipo A1 o A2, ya que presentan características similares a las motocicletas. Por esta razón, también estarán obligados a portar placas vehiculares.

La regulación aplicará específicamente a aquellos vehículos eléctricos personales que cumplan con las siguientes características:

  • Alcanzar velocidades superiores a 25 km/h.
  • Contar con un motor cuya potencia se encuentre entre 250 watts y 1.34 caballos de fuerza.

Clasificarse en dos categorías:

  • Tipo A: con un peso menor a 35 kg.
  • Tipo B: con un peso mayor a 35 kg y hasta 350 kg.

Las autoridades han señalado que el uso de estos vehículos ha crecido de manera acelerada en la ciudad, lo que ha generado conflictos en las vialidades, así como riesgos para la seguridad de peatones y conductores.

¿Cuál es el objetivo de esta regla vial en CDMX? 

Ante este panorama, la implementación de estas medidas busca establecer reglas claras para la circulación de los vehículos eléctricos personales, delimitando sus responsabilidades y condiciones de uso dentro del espacio público.

Asimismo, pretende facilitar la identificación de los conductores mediante el registro y la asignación de placas, lo que permitirá a las autoridades tener un mayor control en caso de infracciones o incidentes.

De igual manera, estas disposiciones tienen como objetivo prevenir accidentes y reducir riesgos, especialmente en vías confinadas o de alta circulación, donde la convivencia entre distintos medios de transporte puede generar conflictos.

Finalmente, la medida contribuye a homologar criterios dentro de la Ley de Movilidad de CDMX, integrando de manera formal a estos vehículos en el marco normativo vigente y promoviendo una movilidad más ordenada, segura y eficiente en la ciudad.



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