CDMX

¿Te has sentido vigilado en una tienda? COPRED explica qué hacer ante un caso como el de Nathalie en Liverpool

¿Qué hacer si ocurre algo similar? COPRED explica cuáles son los derechos de las personas y qué alternativas existen para denunciar o recibir orientación ante posibles actos de discriminación.

Discriminación en centros comerciales. Foto: IA | Canva
Discriminación en centros comerciales. Foto: IA | Canva

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Copiar Liga
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Entrar a una tienda y notar que un empleado o personal de seguridad parece seguir cada uno de tus movimientos puede resultar incómodo, pero la situación puede ir más allá de una mala experiencia cuando existen indicios de discriminación o un trato desigual.

El caso de Nathalie, quien denunció haber sido vigilada mientras se encontraba en Liverpool, abrió nuevamente la conversación sobre los límites de estas prácticas y los derechos de los consumidores.

Ante situaciones de este tipo, el Consejo para Prevenir y Eliminar la Discriminación de la CDMX (COPRED) señala que las personas pueden buscar orientación y, dependiendo de las circunstancias, presentar una queja. Pero, ¿cómo identificar si se trata de un acto discriminatorio y qué pasos seguir?

¿De acuerdo con la COPRED qué hacer ante un caso de discriminación?

De acuerdo con la COPRED, ante un caso de discriminación racial es necesario identificar y visibilizar las prácticas de perfilamiento racial, con el objetivo de evitar que sean normalizadas y establecer medidas para prevenirlas y atenderlas.

El organismo señala que las tiendas de autoservicio y las empresas de seguridad privada deben establecer una alianza estratégica para diseñar, implementar y evaluar acciones concretas que permitan prevenir y eliminar el racismo en la actuación de su personal.

¿Cuáles son las recomendaciones de la COPRED ante un caso de discriminación?

La COPRED recomienda prevenir, atender y eliminar el perfilamiento racial en las tiendas de autoservicio. Para identificar este tipo de prácticas, señala que pueden estar presentes cinco elementos:

  • Trato diferente hacia una persona o colectivo.
  • Que esté basado en prejuicios, como el color de piel, origen étnico o nacional, forma de vestir, tatuajes o perforaciones.
  • Que sea realizado por agentes encargados de hacer cumplir la ley o el orden.
  • Que busque justificar acciones de control, vigilancia, investigación o sanción.
  • Que no exista un motivo legítimo basado en el comportamiento individual de la persona y la actuación se sustente únicamente en prejuicios.

Ante casos de discriminación la Copred enumeró las siguientes sugerencias para las tiendas de autoservicio, a fin de concientizarlas sobre esta práctica y tomen acciones que impidan reproducir dichas conductas:

  • Reconocer y visibilizar la existencia de la discriminación.
  • Adoptar como principios orientadores del servicio “el Decálogo y la Guía de Servicios sin Discriminación” elaborados por el Copred.
  • Cumplir con los estándares y principios rectores en materia de derechos humanos en los mecanismos internos.
  • Establecer de manera textual la prohibición de la discriminación.
  • Cumplir con las obligaciones de prevención de la discriminación de la Ley de Establecimientos Mercantiles de la CDMX (capacitación y placa).
  • Revisarlos protocolos de seguridad de acuerdo con ciertos criterios.
  • Asumir la responsabilidad para la protección y garantía del respeto de los derechos humanos de la clientela.
  • Realizar campañas internas a nivel tienda y a nivel corporativo sobre no discriminación, particularmente antirracistas.

Además, la COPRED plantea que las tiendas y empresas de seguridad deben implementar medidas concretas para prevenir estas conductas y evaluar su efectividad.

¿Cuáles son los actos que se identifican como discriminatorios?

La COPRED identifica tres tipos de prácticas racistas que pueden presentarse en las tiendas de autoservicio:

  • En el acceso: cuando se restringe o condiciona la entrada a una tienda por elementos relacionados con la apariencia o identidad de las personas.
  • En la movilidad: cuando se condiciona o limita la posibilidad de una persona para desplazarse libremente dentro del establecimiento o acceder a sus servicios.
  • En el trato: cuando se presentan situaciones de maltrato o microagresiones que, aunque no restrinjan directamente el acceso o la movilidad, afectan de manera significativa la experiencia de las personas pertenecientes a grupos raciales discriminados.



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