Coahuila

SAT Coahuila: guía para solicitar la devolución de saldos a favor de ISR

Este trámite ante el SAT requiere tenencia de la e.firma, estado de cuenta reciente y documentos digitalizados en ZIP

El SAT permite a los contribuyentes de Coahuila solicitar en línea la devolución de saldos a favor de ISR y pagos de lo indebido, con vigencia de cinco años y respuesta en 40 días hábiles. Foto: Canva
El SAT permite a los contribuyentes de Coahuila solicitar en línea la devolución de saldos a favor de ISR y pagos de lo indebido, con vigencia de cinco años y respuesta en 40 días hábiles. Foto: Canva

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Si presentaste tu declaración y el Impuesto Sobre la Renta (ISR) te salió a favor, o pagaste de más por error, tienes derecho a pedir que ese dinero te sea regresado. En Coahuila, como en el resto del país, el trámite se hace en línea a través del portal del Servicio de Administración Tributaria (SAT), con tu e.firma y sin necesidad de acudir a una oficina. 

Eso sí, conviene tener todos los documentos listos antes de empezar, porque un archivo faltante o mal digitalizado puede retrasar la respuesta.

La solicitud aplica para la devolución de saldos a favor y pagos de lo indebido; es decir, cantidades que enteraste a la autoridad sin estar obligado a hacerlo o en monto mayor al debido. El derecho para pedirlas tiene una vigencia de cinco años, y la autoridad cuenta con 40 días hábiles para responder. 

¿Quién puede pedir la devolución de saldos a favor de ISR y en qué casos?

Puede solicitarla el contribuyente interesado, por lo que la persona a quien se le determinó el saldo a favor o que realizó el entero de la retención o el pago de lo indebido. También puede hacerlo un representante legal que cumpla esas mismas condiciones.

El trámite cubre distintos escenarios. Uno de ellos son las personas físicas que piden la devolución del saldo a favor en su declaración anual, conforme a lo establecido en la regla 2.3.2.


Otro son los remanentes de saldos a favor que los patrones no alcanzaron a compensar, para lo cual la ficha del trámite remite a una tabla específica. También existen reglas particulares para quienes tributan en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO).

Las personas físicas que realizan únicamente actividades empresariales, profesionales u otorgan el uso o goce temporal de bienes pueden pedir la devolución del saldo a favor que autodeterminen en su pago mensual definitivo del ejercicio 2024 en adelante, a partir de diciembre de 2024. 

Lo mismo aplica para quienes realizan actividades de copropiedad, o son representantes comunes, y optan por no presentar la declaración anual. En estos casos, al presentar la solicitud se debe elegir el tipo de trámite “Régimen Simplificado de Confianza”, con la opción mensual, dentro del Formato Electrónico de Devolución (FED).

¿Qué documentos necesitas para solicitar la devolución del ISR?

Antes de entrar al portal, prepara la documentación. Los documentos se presentan digitalizados en formato PDF, comprimidos en archivos ZIP de máximo 4 MB cada uno. 


Los originales se escanean para el envío, aunque la autoridad puede pedirlos para cotejo y los requisitos principales son los siguientes:

  • Comprobante de ingresos: puede ser un papel de trabajo que integre los CFDI de ingreso, egreso, nómina y retención, así como, en su caso, documentación del impuesto pagado en el extranjero. Si los ingresos provienen de fideicomisos, se requiere el contrato con la firma del fideicomitente, los fideicomisarios o sus representantes legales, y del representante de la institución financiera.
  • Papeles de trabajo: uno donde se desglose la determinación y el entero de los pagos provisionales manifestados en la declaración anual, y otro con los pagos efectuados con anterioridad. Si acumulas pagos previos de ISR, debes desglosar los CFDI por cada periodo solicitado.
  • CFDI: el desglose de los comprobantes de tipo ingreso, egreso y pago emitidos en el periodo de la devolución, junto con los archivos digitalizados en ZIP.
  • Estado de cuenta bancario: debe tener máximo dos meses de antigüedad y mostrar el RFC del solicitante y el número de cuenta activa con su CLABE.
  • Comprobantes fiscales de deducciones: en su caso, los que acrediten la aplicación del Decreto por Servicios Educativos y los que amparen el 80 por ciento de las deducciones personales declaradas.
  • Escritos libres: uno donde se manifieste, bajo protesta de decir verdad, si en 2024 regresaste a tributar en RESICO, y otro, si aplica, con la proporción de tu participación en la copropiedad, el nombre del representante común y la hoja de cálculo de los ingresos que te corresponden. Deben llevar la firma del contribuyente o su representante.

Además, es indispensable contar con e.firma y contraseña vigentes. Si quieres entregar documentación adicional que no esté en la lista, también debe adjuntarse de forma digitalizada.

¿Cómo se realiza el trámite en línea paso a paso?

El proceso se hace desde el Portal del SAT, a través de este sitio (https://www.sat.gob.mx/portal/public/tramites/devoluciones-y-compensaciones), en la opción “Solicita tu devolución”, donde eliges el tipo de devolución que necesitas.


Después, debes ingresar al Buzón Tributario, o a la opción correspondiente si estás amparado, y acceder con tu RFC, contraseña y captcha, o bien con tu e.firma.

Una vez dentro, el sistema muestra tus datos y domicilio fiscal prellenados para que confirmes que son correctos. Enseguida debes capturar la información del trámite, que incluye el origen de la devolución, el tipo de trámite y el suborigen del saldo, y después los datos del impuesto: tipo de periodo, periodo y ejercicio.

El sistema presentará los datos de tu declaración con el saldo a favor o el pago de lo indebido. Si tu declaración no aparece, deberás capturar manualmente el tipo de declaración (normal o complementaria), la fecha de presentación, el número de operación, el importe del saldo a favor, el importe que solicitas y, si ya recibiste devoluciones o compensaciones previas, el monto correspondiente sin incluir actualización.

Después viene el apartado bancario. Puedes elegir una CLABE ya registrada o agregar una nueva, y en ambos casos debes adjuntar el estado de cuenta en archivo ZIP. También tendrás que responder una pregunta sobre la titularidad de la cuenta y verificar los datos antes de continuar.

En el paso final adjuntas los documentos de soporte, revisas toda la información y envías la solicitud firmándola con tu e.firma. Al terminar, guarda o imprime el acuse de recibo, porque es tu comprobante de que el trámite fue presentado. A partir de ese momento comienza a correr el plazo de 40 días hábiles para la respuesta.


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