Trastorno mental e inimputabilidad: ¿qué dice la ley de Coahuila tras el caso de Chad “N” en Saltillo?
El caso de Chad “N” abrió el debate sobre la inimputabilidad y las condiciones que deben cumplirse para que un trastorno mental tenga efectos en un proceso penal
En el Centro de Justicia Penal de Saltillo se realizó la audiencia en la que la jueza rechazó la solicitud de la defensa para considerar inimputable a Chad “N”. (Facebook)
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La defensa de Chad “N”, acusado por el multihomicidio ocurrido en Saltillo, puso sobre la mesa durante la audiencia de vinculación a proceso un argumento relacionado con su salud mental: sus abogados presentaron un dictamen psicológico que refiere un supuesto trastorno de estrés postraumático y plantearon que esta condición podría tener implicaciones sobre su capacidad para responder penalmente por los hechos.
Sin embargo, tener un trastorno mentalno significa automáticamente que una persona sea inimputable, de acuerdo con las disposiciones del Código Penal de Coahuila.
Chad “N” fue vinculado a proceso por los delitos de feminicidio y homicidio calificado cometido con ventaja, luego de que la jueza de control considerara suficientes los datos presentados por el Ministerio Público. El acusado permanecerá en prisión preventiva mientras continúa la investigación.
La defensa solicitó además que Chad sea sometido a nuevas valoraciones psicológicas y psiquiátricas para determinar con mayor precisión su condición mental. El plazo concedido para la investigación complementaria es de seis meses.
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¿Qué significa ser inimputable en Coahuila?
La inimputabilidadno se determina únicamente porque una persona tenga un diagnóstico psicológico o psiquiátrico. El Código Penal de Coahuila establece condiciones específicas para que una alteración mental tenga consecuencias sobre la responsabilidad penal.
El artículo 64 del ordenamiento, en su texto vigente, señala que una persona estará excluida de delito cuando, al momento de realizar el hecho, no tenga capacidad para comprender el carácter ilícito de su conducta o para decidir conforme a esa comprensión debido a un trastorno mental o a un desarrollo intelectual retardado.
Esto significa que deben analizarse dos elementos fundamentales:
La existencia de un trastorno mental o condición contemplada por la legislación.
Que esa condición haya provocado una incapacidad para comprender que la conducta era ilícita o para actuar de acuerdo con esa comprensión.
La situación debe analizarse específicamente respecto del momento en que ocurrieron los hechos.
La existencia de un diagnóstico, por sí sola, no determina la inimputabilidad.
El Código Penal también contempla los casos en los que una persona tiene una imputabilidad disminuida, es decir, cuando sus capacidades no están anuladas por completo, pero sí se encuentran considerablemente afectadas. En esos casos pueden existir consecuencias distintas a las previstas para una persona plenamente imputable.
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¿El estrés postraumático puede hacer inimputable a una persona?
El trastorno de estrés postraumático (TEPT) fue mencionado por la defensa de Chad “N” durante la audiencia. Los abogados presentaron un dictamen psicológico que refiere la existencia de este trastorno y solicitaron nuevas evaluaciones para determinar si la condición pudo tener alguna relación con la conducta que se le atribuye.
No obstante, esto no significa que un diagnóstico de TEPT determine por sí mismo la inimputabilidad.
La cuestión jurídica consiste en establecer cómo se encontraba la capacidad mental de la persona al momento de los hechos y si el trastorno realmente le impedía comprender la naturaleza ilícita de su conducta o actuar conforme a esa comprensión.
Por ello, las evaluaciones psicológicas y psiquiátricas pueden adquirir especial importancia dentro de un proceso de este tipo.
En el caso de Chad “N”, la defensa busca incorporar nuevos peritajes durante la investigación complementaria. Sus abogados pretenden establecer si la conducta atribuida al acusado pudo estar relacionada con una crisis derivada del trastorno que aseguran que padece.
Esto deberá determinarse mediante estudios especializados y no únicamente a partir de la afirmación de que existe un diagnóstico.
¿Qué pasa si una persona es declarada inimputable en Coahuila?
La inimputabilidad tampoco significa simplemente que una persona quede libre sin ninguna consecuencia jurídica.
El Código Penal de Coahuila contempla medidas de seguridad y tratamiento terapéutico para determinados casos de inimputabilidad. Estas pueden aplicarse en internamiento o en libertad, dependiendo de las características del padecimiento y de lo que determinen los especialistas y la autoridad judicial.
La legislación establece, además, que la inimputabilidad penal permanente o transitoria no elimina la obligación de reparar el daño.
En los casos de trastorno mental, el tratamiento puede ser determinado con base en las peritaciones correspondientes. La propia legislación contempla que, cuando una persona con trastorno mental no requiere internamiento de acuerdo con los especialistas, pueden establecerse otras medidas de seguridad y tratamiento.
Por ello, es importante distinguir entre tres conceptos que pueden confundirse:
Tener un trastorno mental: contar con una condición psicológica o psiquiátrica determinada por especialistas.
Imputabilidad disminuida: tener capacidades para comprender o decidir que se encuentran afectadas, pero no necesariamente anuladas.
Inimputabilidad: que, al momento de los hechos, la persona careciera de la capacidad exigida por la ley para comprender el carácter ilícito de su conducta o decidir conforme a esa comprensión.
En el caso del multihomicidio de Saltillo, la presentación de un dictamen psicológico sobre estrés postraumático no equivale a una declaración de inimputabilidad. La jueza ya determinó que existen elementos suficientes para que el proceso penal continúe y Chad “N” permanecerá en prisión preventiva mientras avanza la investigación.
Las nuevas evaluaciones solicitadas por la defensa podrán incorporarse como parte de los elementos que sean analizados durante el proceso, pero corresponderá a las autoridades judiciales determinar qué valor tienen dentro del procedimiento.