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Durango

Reforma electoral 2026: 5 cambios que habrá en Durango con la nueva normativa electoral

Los Diputados de Durango aprobaron la reforma electoral, con la cual hay cambios en la duración de campañas, entre otros puntos

Durante las primeras horas de este 27 de mayo se terminó el proceso legislativo de la reforma electoral. | Foto: Especial.
Durante las primeras horas de este 27 de mayo se terminó el proceso legislativo de la reforma electoral. | Foto: Especial.

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Para armonizar la legislación estatal con las recientes modificaciones aprobadas por el Congreso de la Unión dentro del denominado “Plan B” electoral, el Congreso del Estado de Durango aprobó reformas a la Ley Orgánica del Municipio Libre y a la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado.

Luego de una larga jornada legislativa que concluyó alrededor de las 5:00 de la mañana de este 27 de mayo, las y los diputados locales avalaron los cambios necesarios para adecuar el marco jurídico estatal a las disposiciones federales, antes de la fecha límite establecida para el próximo 30 de mayo.

¿Qué cambios aprobaron los diputados de Durango en la reforma electoral?

El Congreso local tenía la obligación legal de armonizar la legislación estatal con la reforma federal en materia electoral, comenzando con la adecuación de la Constitución Política del Estado de Durango.

Entre los principales cambios aprobados destaca la reducción en el número máximo de regidurías en los municipios con mayor población. En el caso de la capital del estado, el Ayuntamiento de Durango pasará de 17 a 15 regidurías, mientras que Gómez Palacio y Lerdo conservarán las 15 posiciones actuales.

Se reduce edad para ser candidatos y no habrá reelección consecutiva

Otro de los puntos relevantes de la reforma es la disminución de la edad mínima para aspirar a cargos municipales, pasando de 21 a 18 años para quienes busquen contender como alcaldes o regidores.

Asimismo, las reformas a la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales establecen que diputadas, diputados e integrantes de los ayuntamientos ya no podrán buscar la reelección consecutiva.

Esta disposición entrará en vigor a partir del proceso electoral 2029-2030, en cumplimiento de la reforma constitucional federal que elimina la reelección inmediata para estos cargos, salvo en el caso de suplentes que no hayan ejercido funciones en el cargo correspondiente.

Ajustes en tiempos de campaña y alternancia de género

La reforma también contempla modificaciones en la duración de las campañas electorales en Durango.

Con las nuevas disposiciones:

  • Las campañas para la Gubernatura tendrán una duración de 50 días.
  • Las campañas para diputaciones locales serán de 35 días.

Además, se actualizó el lenguaje incluyente dentro de la legislación electoral, incorporando principios de igualdad sustantiva y paridad de género.

Otro de los cambios relevantes es la incorporación del principio de alternancia de género en la elección de la gubernatura, obligando a los partidos políticos a respetar este criterio al momento de postular candidaturas.

Establecen “candados” para candidaturas y cargos públicos

En materia de elegibilidad, las reformas establecen nuevos requisitos y restricciones para quienes aspiren a ocupar cargos públicos como diputaciones, alcaldías y regidurías.

Entre los “candados” aprobados se encuentra que ninguna persona podrá ser candidata si cuenta con sentencia firme por:

  • Delitos intencionales con pena privativa de libertad.
  • Actos de corrupción que impliquen inhabilitación.
  • Violencia política contra las mujeres por razón de género.

También se determinó que los aspirantes no deberán aparecer en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias. Además, no podrán contender quienes tengan o hayan tenido, durante los tres años previos a la elección, vínculos de matrimonio, concubinato, unión de hecho o parentesco con quien haya ejercido el mismo cargo dentro del ayuntamiento correspondiente.

Reforma incluye tope salarial para autoridades electorales

Dentro de las modificaciones aprobadas asimismo se incorporó el tope salarial para funcionarios electorales, ya contemplado previamente en la Constitución.

La reforma establece que la remuneración total de consejeras, consejeros electorales y demás funcionarios del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC), así como del Tribunal Electoral del Estado, no podrá ser igual o superior al salario de la persona titular de la Gubernatura de Durango.


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