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Edomex hará obligatoria y gratuita la interrupción legal del embarazo con nueva Ley de Salud

La nueva Ley de Salud garantiza la interrupción legal del embarazo como servicio gratuito y obligatorio con atención médica integral.

El procedimiento deberá realizarse por personal capacitado y en espacios con higiene adecuada. Foto: IA | ChatGPT
El procedimiento deberá realizarse por personal capacitado y en espacios con higiene adecuada. Foto: IA | ChatGPT

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La entrada en vigor de la nueva Ley de Salud en el Estado de México marca un cambio relevante en la atención médica pública, al convertir la interrupción legal del embarazo en un servicio obligatorio, gratuito y de acceso universal.

Esta actualización normativa llega después de más de dos décadas sin un marco integral actualizado en materia de salud estatal, y redefine la manera en que las instituciones deben garantizar este derecho a las personas gestantes dentro del sistema público.

¿Qué cambia con la nueva regulación en el Edomex?

La ley incorpora un capítulo específico dedicado a la interrupción legal del embarazo, donde se establecen lineamientos claros sobre su prestación.

En este apartado se reconoce el derecho de las mujeres y personas gestantes a decidir sobre este procedimiento en los casos que la ley permite, siempre dentro de las primeras 12 semanas de gestación y conforme a la normatividad sanitaria vigente.

¿Cómo se garantiza la atención médica?

El procedimiento deberá realizarse exclusivamente por personal de salud capacitado y en espacios que cumplan condiciones adecuadas de higiene y seguridad.

El objetivo es reducir riesgos y asegurar que la atención se brinde bajo estándares médicos adecuados. Además, el servicio no podrá ser condicionado por tipo de afiliación o institución de salud, ya sea pública o privada.

¿Qué incluye la atención obligatoria?

La Secretaría de Salud del estado tendrá la responsabilidad de asegurar que la atención sea integral y sin barreras. Esto contempla no solo el procedimiento médico, sino también acompañamiento antes y después del mismo.

Entre los servicios obligatorios se encuentran:

  • Orientación médica y psicológica
  • Información clara, científica y sin sesgos
  • Consejería sobre riesgos y procedimientos
  • Guía sobre unidades seguras para su realización

¿Qué obligaciones tienen los hospitales y clínicas?

Las instituciones públicas deberán ofrecer el servicio de manera gratuita, universal y sin discriminación. También están obligadas a contar con personal suficiente, capacitarlo en derechos sexuales y reproductivos, además de promover educación en salud sexual.

Recomendaciones para las personas usuarias del servicio

  • Solicitar información completa y sin sesgos antes del procedimiento.
  • Acudir únicamente a unidades de salud oficiales o acreditadas.
  • Exigir respeto a la confidencialidad y a la decisión personal.
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