Ley Mariana Lima entra en vigor: ¿qué es y de qué trata esta reforma?
La Ley Mariana Lima establece nuevas obligaciones para investigar muertes violentas de mujeres y revisar desde el inicio posibles razones de género
La reforma protege el derecho de las víctimas y de sus familiares a la verdad, la justicia y la reparación del daño. Foto: FB Justicia y Justicia para Mariana Lima Buendía
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Cuando una mujer o niña muera de forma violenta, la primera explicación ya no podrá marcar por sí sola el rumbo de la investigación. La Ley Mariana Lima Buendía establece nuevas obligaciones para la Fiscalía General de Justicia del Estado de México a partir de este sábado 26 de septiembre.
La reforma fue publicada en la Gaceta de Gobierno y entrará en vigor al día siguiente de su publicación. Desde entonces, incluso los casos que inicialmente parezcan suicidios o accidentes deberán ser investigados con perspectiva de género y bajo el protocolo de feminicidio.
La medida busca determinar si detrás de una muerte existieron razones de género que puedan acreditar o descartar un feminicidio. Esto no significa que todos los casos deban terminar con esa clasificación, sino que esa posibilidad tendrá que analizarse desde el comienzo.
El cambio también alcanza a los servidores públicos de procuración y administración de justicia. Si quienes tienen la obligación de investigar o sancionar delitos contra mujeres por razones de género incurren en determinadas conductas, podrán enfrentar consecuencias penales.
¿Qué deberán revisar las autoridades en cada muerte violenta?
La modificación al artículo 50 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia establece que la Fiscalía deberá utilizar:
Perspectiva de género.
Debida diligencia.
Protocolo de feminicidio.
La #LXIILegislaturaEdomex avaló la ley 'Mariana Lima Buendía' en materia de investigación de delitos con perspectiva de género y negación de justicia por razones de género. ??
El Código Penal del Estado de México establece de cuatro a 10 años de prisión para servidores públicos que incurran en corrupción, omisiones, negligencia u obstruyan una investigación o la justicia. También habrá consecuencias si afectan los derechos de la víctima o sus familiares a la verdad, justicia o reparación.
El 25 de marzo de 2015, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ordenó reabrir el caso y analizarlo con perspectiva de género. Ese antecedente estableció que las muertes violentas de mujeres deben investigarse considerando desde el principio la posibilidad de un feminicidio.