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Talar árboles en Edomex podría llevarte a prisión hasta por 25 años con estas nuevas sanciones

El Estado de México endurece leyes ambientales a partir del 18 de marzo; talar árboles, provocar incendios forestales o contaminar cuerpos de agua se castigará con penas severas de cárcel.

El endurecimiento de las penas en el Estado de México busca frenar la tala clandestina y los incendios provocados. Foto: IA (Canva)
El endurecimiento de las penas en el Estado de México busca frenar la tala clandestina y los incendios provocados. Foto: IA (Canva)

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Para quienes todavía piensan que derribar un árbol no tiene consecuencias graves, hay noticias importantes. El Gobierno del Estado de México ha actualizado su Código Penal para aplicar penas de cárcel a quienes realicen prácticas que dañen nuestro entorno natural.

Esta reforma entró en vigor este 18 de marzo y establece que las personas que derriben, quemen, destruyan o trasplanten un árbol en la vía pública sin permiso, o dañen áreas verdes a propósito, enfrentarán de tres a 10 años de prisión.

Además, se aplicarán multas que pueden llegar hasta los 17 mil 596 pesos (150 Unidades de Medida y Actualización).

¿Qué otras acciones dañinas serán castigadas por la ley ambiental?

La protección de la naturaleza ahora es más estricta. También se sancionará a quienes:

  • Dispersen plagas de forma intencional.
  • Arrojen químicos peligrosos, microplásticos o desechos en cuerpos de agua. Como el caso de el Río de Acatitlán.
  • Generen contaminación visual o desprendan olores que resulten perjudiciales para la salud y el ambiente.

Es importante destacar que las penas aumentan entre uno y dos años si los responsables son servidores públicos.

Por otro lado, provocar un incendio en un Área Natural Protegida se castigará con cinco a 12 años de cárcel. Esto es vital, considerando que en los primeros dos meses de este 2026 sufrimos múltiples incendios consecutivos que acabaron con hectáreas enteras de bosque.

¿Cuáles son las penas por el comercio ilegal de productos forestales?

El artículo 229 de esta actualización es muy claro: se impondrán de 10 a 20 años de prisión y multas de hasta 175 mil 965 pesos a quienes participen en el transporte, almacenamiento o venta de productos forestales sin los permisos correspondientes.

Esta misma sanción aplica para funcionarios que autoricen cambios de uso de suelo en zonas protegidas o reservas ecológicas de manera injustificada.

Sin embargo, el castigo más severo ocurre cuando los recursos naturales son destruidos por la tala clandestina. En estos casos, la pena alcanza de 15 a 25 años de prisión y multas de hasta 410 mil 585 pesos, sumado al decomiso de las herramientas y vehículos utilizados para el delito.

¿Cómo se castiga el daño a las Áreas Naturales Protegidas?

Según el artículo 230, cualquier persona que deteriore intencionalmente un inmueble dentro de un Área Natural Protegida enfrentará de cinco a 15 años de cárcel.

Si el daño afecta a especies en peligro de extinción o contamina fuentes de agua, la pena puede aumentar hasta en una mitad.

¿Qué pasa con los vehículos que contaminan demasiado?

Finalmente, la ley ahora contempla de tres a seis meses de prisión para quienes conduzcan vehículos que hayan sido retirados de circulación por ser altamente contaminantes.

Un ejemplo reciente de esta falta de conciencia ocurrió en el Nevado de Toluca. A pesar de que se prohibió el paso de ciertos vehículos de transporte, varias personas ignoraron la restricción, cruzaron la zona protegida e incluso grabaron videos para sus redes sociales, presumiendo un acto que daña nuestro patrimonio natural.

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