México

Actas de nacimiento tendrán cambios tras fallo de la SCJN: esto es lo que debes saber

La SCJN fijó criterios sobre actas de nacimiento relacionados con el orden de los apellidos, identidad de género y protección de datos.

Un criterio de la Suprema Corte vuelve a poner bajo revisión reglas del Registro Civil que afectan el nombre, la identidad y la privacidad. (FOTO: Especial/ CANVA)
Un criterio de la Suprema Corte vuelve a poner bajo revisión reglas del Registro Civil que afectan el nombre, la identidad y la privacidad. (FOTO: Especial/ CANVA)

Publicado el

Copiar Liga
Síguenos en Google Discover - POSTA MX
Síguenos en Google Search - POSTA MX

Por:



Las actas de nacimiento están en el centro de diferentes criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) relacionados con el derecho a la identidad, la igualdad y la protección de la vida privada.

Sin embargo, esto no significa que todas las actas de nacimiento expedidas en México vayan a modificarse automáticamente. Las resoluciones corresponden a asuntos concretos y a normas de determinadas entidades, aunque los criterios de la Corte pueden tener efectos relevantes para la forma en que se regulan estos procedimientos.

Entre los puntos abordados se encuentran el orden de los apellidos, los procedimientos para adecuar documentos a la identidad de género y la protección de información personal.

¿Cambiarán todas las actas de nacimiento en México?

No. El fallo de la SCJN no implica una modificación automática de las actas de nacimiento de todos los mexicanos ni significa que las personas deban acudir inmediatamente al Registro Civil para solicitar un nuevo documento.

La Corte ha resuelto distintos asuntos relacionados con normas estatales y casos particulares. Por ejemplo, uno de los criterios recientes corresponde a Aguascalientes y analiza específicamente las reglas para modificar un acta de nacimiento con el objetivo de adecuarla a la identidad de género de una persona.

Por ello, los efectos concretos dependen del asunto resuelto, de la legislación de cada entidad y del alcance jurídico de cada sentencia.

  •  

¿Qué determinó la SCJN sobre el orden de los apellidos?

La Suprema Corte ha sostenido en distintos precedentes que imponer automáticamente el apellido paterno antes que el materno puede vulnerar derechos relacionados con la vida privada y familiar, además de reproducir estereotipos de género.

El criterio reconoce la posibilidad de que los progenitores puedan decidir el orden de los apellidos de sus hijos bajo las reglas aplicables en cada entidad. La Corte cuenta con precedentes sobre este tema desde años anteriores y ha seguido analizando controversias relacionadas con el nombre y la identidad. 

Esto no significa que los apellidos de las personas ya registradas vayan a invertirse automáticamente. El punto central está en evitar que una norma establezca como única opción que el apellido del padre deba aparecer primero.

¿Qué cambia para las personas que buscan modificar su identidad de género?

Uno de los pronunciamientos más recientes corresponde a Aguascalientes. En abril de 2026, el Pleno de la SCJN consideró inconstitucional un sistema que obligaba a recurrir a la vía judicial para modificar el acta de nacimiento conforme a la identidad de género de la persona.

La Corte determinó que ese esquema vulneraba derechos como la igualdad, la vida privada, el libre desarrollo de la personalidad y la identidad de género. También cuestionó que la nueva acta incluyera una anotación marginal que permitiera conocer la identidad anterior.

El criterio establece que el procedimiento debe ser administrativo y sencillo, además de proteger la confidencialidad de la persona. En el caso resuelto, la Corte ordenó que la nueva acta no tuviera una anotación marginal que revelara la identidad de género previa.

¿Qué pasa con los datos personales que aparecen en las actas?

La protección de la información personal es otro de los elementos que la Suprema Corte ha tomado en cuenta al analizar los documentos del Registro Civil.

En materia de identidad de género, por ejemplo, la SCJN ha establecido que hacer visible en una nueva acta información sobre la identidad anterior puede afectar el derecho a la vida privada. El documento previo debe mantenerse reservado, salvo los supuestos legales correspondientes.

El principio detrás de estas decisiones es que los procedimientos del Registro Civil permitan garantizar la identidad jurídica de una persona sin exponer innecesariamente información de carácter privado.

¿Tendrás que tramitar una nueva acta de nacimiento?

Por ahora, no existe una disposición que obligue a toda la población mexicana a sustituir su acta de nacimiento debido a estos criterios de la SCJN.

Las resoluciones tampoco significan que cualquier persona pueda modificar libremente cualquier dato del documento sin seguir un procedimiento. Los requisitos continúan dependiendo del tipo de modificación solicitada, la legislación aplicable y la entidad donde se encuentre el registro.

Los criterios de la Suprema Corte marcan límites constitucionales para esas reglas. Así, más que ordenar un reemplazo generalizado de actas, las decisiones buscan evitar procedimientos discriminatorios, restricciones injustificadas o la exposición innecesaria de información privada.

Síguenos en Google News