Biznagas y garambullos: obligan a responsables de robo a replantarlos en Hidalgo
El proceso de restitución incluyó que las cactáceas fueran llevadas desde Tula de Allende hasta la localidad de La Vega en Hidalgo.
La extracción, tráfico y posesión no autorizada de cactáceas protegidas como la biznaga burra (Echinocactus platyacanthus) está catalogada como un delito federal en la legislación mexicana.|Foto: Redes Sociales
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Un caso de justicia ambiental sentó un precedente contundente en el estado de Hidalgo. Dos hombres señalados por la extracción ilegal de 165 cactáceas en la comunidad de La Vega, municipio de El Cardonal, tuvieron que regresar al sitio del saqueo para reparar directamente el daño causado al ecosistema local.
Los involucrados habían sido detenidos tras sustraer 10 ejemplares de biznagas burras y 155 garambullos. Tras la intervención de las autoridades locales y federales, los ejemplares recuperados fueron trasladados desde Tula de Allende, donde permanecían bajo resguardo, hasta su hábitat de origen para ser reincorporados al suelo.
Bajo la supervisión estricta de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa), la Fiscalía General de la República (FGR), autoridades municipales y pobladores locales, los propios infractores realizaron las labores físicas de carga, transporte, excavación y replantación de cada una de las especies.
¿Cómo se llevó a cabo la reparación del daño en El Cardonal?
La jornada de reforestación obligatoria no se limitó a una sanción administrativa en papel, sino que requirió el trabajo directo de los responsables bajo el escrutinio de la comunidad afectada. El proceso de restitución incluyó que las cactáceas fueran llevadas desde Tula de Allende hasta la localidad de La Vega.
Los infractores realizaron las maniobras de descarga, cavado y siembra manual de los 165 ejemplares.
La reincorporación contó con la presencia del delegado comunitario, representantes indígenas, la Dirección de Ecología y vecinos de la zona que vigilaron las labores.
¿Qué obligaciones legales y de mantenimiento enfrentan los involucrados?
Además de la restitución física de la flora, la medida impuesta por las autoridades ambientales exige que los dos hombres garanticen la supervivencia de los ejemplares reubicados. Los señalados deberán dar seguimiento continuo al cuidado de las biznagas y garambullos hasta que las plantas recuperen las condiciones de desarrollo que presentaban antes del robo.
Cabe señalar que esta acción de reparación ambiental es independiente del proceso penal que mantiene abierto la FGR, autoridad que determinará las sanciones jurídicas correspondientes por el delito contra la biodiversidad.
¿Cuáles son las sanciones y multas en México por extraer o poseer biznagas?
La extracción, tráfico y posesión no autorizada de cactáceas protegidas como la biznaga burra (Echinocactus platyacanthus) está catalogada como un delito federal en la legislación mexicana.
Esta especie, que puede tardar hasta 40 años en alcanzar la madurez, se encuentra regulada por la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010 y la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.
Las consecuencias legales por la sustracción de estos ejemplares silvestres incluyen multas administrativas que pueden superar los 360 mil pesos mexicanos, en función de la gravedad y cantidad de ejemplares.
Lasfectaciones a la flora silvestre protegida contemplan penas de hasta 9 años de prisión según el Código Penal Federal.