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México

Congreso de Chiapas aprueba Ley de Voluntad Anticipada para enfermos terminales

El Congreso de Chiapas finalmente aprobó la Congreso de Chiapas aprueba Ley de Voluntad Anticipada para enfermos terminales.


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Por: María Inés Muñoz

Conocida como "Ley de muerte digna", la voluntad anticipada se inscribe como el proceso legal en donde una persona hace de manifiesto su voluntad de no recibir un tratamiento médico que prolongue su vida. 

La ortotanasia, es una práctica internacional para respetar la voluntad de las personas que pueden estar sujetas en algún momento de su vida a un tratamiento médico que mantenga su existencia corporal a pesar de tener una enfermedad terminal. 

¿Cuál fue la primer ciudad en aprobar la ley?

Es en el año 2008, la Ciudad de México fue la primera entidad en aprobar una norma qué ha sido replicada por más de 14 estados de la República, y con la cual más de 10 mil personas han establecido con antelación la decisión de no extender tratamientos ante su eventual complicación. 

¿Qué permite la Ley de Voluntad Anticipada aprobada en Chiapas?

Por medio de un documento que se hará ante el notario público, una persona que no necesariamente está enferma, puede ser de manifiesto su voluntad de no estar sujeto a una extensión de vida por medio artificial. 

Aunque en la capital de la República este procedimiento puede hacerse mediante dos vías, con un documento notariado o un formato que se otorga en instituciones de salud públicas, privadas y sociales; en Chiapas este trámite estará circunscrito a realizarlo ante los fedatarios.

Además, esta acción se encuentra circunscrita a personas mayores de edad que estén en pleno uso de sus facultades mentales. 

¿Qué es la Voluntad Anticipada?

La legisladora Getsemaní Moreno, miembro de la bancada de morena en el congreso local, señaló que no se debe confundir a la eutanasia con la ortotanasia, porque esta última se da en el contexto de una enfermedad.

El libre desarrollo de la persona, implica poder disponer de si se prolonga de manera artificial la vida, consideró la legisladora, subrayando que esto no exime a que pueda utilizar métodos paliativos para atender los problemas de salud. 

En esta misma normatividad también se incluye la posibilidad de hacer manifiesto si se desea ser donador de órganos, circunstancia que continúa siento una elección personalísima en el caso de firmar la voluntad anticipada, a diferencia de cómo sucede actualmente, una determinación de los familiares.

Cabe señalar que este instrumento legal es revocable en cualquier momento

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