México

¿Cuándo entrará en vigor la reforma contra la doble nacionalidad? Esto es lo que se sabe

Quienes contendan a una gubernatura, jefatura de gobierno o presidencia deberán ajustarse a esta nueva reforma enviada por Sheinbaum

Ante la aprobación del dictamen, surgió una polémica sobre la virtual candidata en Nayarti, Jasmine Bugarín. Foto: Canva
Ante la aprobación del dictamen, surgió una polémica sobre la virtual candidata en Nayarti, Jasmine Bugarín. Foto: Canva

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Tras la aprobación en el Senado de la República de la reforma que prohíbe a personas con doble nacionalidad contender por gubernaturas o por la Presidencia, el proceso legislativo para su dictaminación está por concluir, ya que ha sido turnada a los Congresos locales para definir su ratificación.

Ante ello, surge la duda de cuándo entraría en vigor, especialmente en la antesala del proceso electoral de 2027. La discusión cobra relevancia tras la incertidumbre en torno al perfil de Jasmine Bugarín, nombrada coordinadora estatal de la Defensa de la Transformación de Morena en Nayarit, de quien se señaló que podría contar con doble nacionalidad.

¿Cuándo entrará en vigor la reforma que prohibe la doble nacionalidad a gobernadores y presidentes?

Tal como establece el proyecto aprobado por el Congreso de la Unión, primero el 22 de septiembre por la Cámara de Diputados y luego el 29 de septiembre por el Senado, sus disposiciones no tendrán efecto durante el proceso electoral 2026-2027.

Si bien el decreto precisa que entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el documento subraya que las medidas no aplicarán para las elecciones de 2027, sino a partir del proceso electoral de 2028.

En ese año se renovarán las gubernaturas de Durango, Hidalgo, Oaxaca y Tamaulipas, comicios en los que comenzarán a aplicarse estas nuevas disposiciones.

¿Qué establece la reforma que prohibe la doble nacionalidad?

El proyecto presentado por la presidenta Claudia Sheinbaum reforma y adiciona los artículos 82, 116 y 122 de la Constitución Política. En ellos se establece, como requisito para ocupar la titularidad del Poder Ejecutivo federal y de los gobiernos locales, no contar con otra nacionalidad ni adquirirla. En caso de poseerla, se deberá renunciar formalmente a ella antes de solicitar el registro de la candidatura, en los términos que fije la ley.

De esta manera, quienes contiendan por la Presidencia de la República, una gubernatura o la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México deberán ajustarse a dicha disposición.

Cabe señalar que el trámite realizado en México para renunciar a una nacionalidad no garantiza que el país de origen deje de reconocer a la persona como su ciudadana. Por ello, la reforma exigirá comprobar que el lazo legal con el extranjero quedó disuelto por completo antes del registro.

Asimismo, el texto determina que quien ejerza la titularidad del Ejecutivo federal o de una gubernatura no podrá solicitar ni adquirir otra nacionalidad, así como tampoco invocar una ciudadanía distinta a la mexicana ante autoridades extranjeras.

De igual forma, se prohíbe el uso de pasaporte o documento de identidad expedido por otro país, el ejercicio de derechos políticos inherentes a otra ciudadanía y el acogimiento a la protección diplomática exterior.

En caso de incumplimiento, se sancionará conforme a lo establecido en el Título Cuarto de la Constitución federal, así como en las constituciones locales y de la Ciudad de México.

Consejería Jurídica de la Presidencia reitera aplicación desde 2028

Durante la conferencia matutina de este jueves 1 de octubre en Palacio Nacional, la consejera jurídica de la Presidencia, Luisa María Alcalde, explicó la reciente aprobación de la reforma sobre doble nacionalidad e indicó que, hasta el momento, 20 Congresos locales han avalado el dictamen.

Asimismo, hizo hincapié en que esta modificación entrará en vigor en 2028, ya que, legalmente, en el momento en que la presidenta Sheinbaum envió la iniciativa al Congreso de la Unión no estaba permitido realizar ajustes a la legislación electoral para el proceso en puerta.

“No estamos en fechas para poder hacer modificaciones legales que apliquen para este proceso electoral. La ley establece pues que no se pueden modificar leyes electorales que apliquen de manera inmediata para no cambiar las reglas del juego en una elección que ya viene. Entonces es claro este artículo para establecer que es aplicable para 2028”, expresó.

Aunado a ello, abordó el caso de la virtual candidata de Morena a la gubernatura de Nayarit, Jasmine Bugarín, y señaló que, tras un cotejo de datos con la Secretaría de Relaciones Exteriores, la dependencia confirmó que la aspirante renunció a su segunda nacionalidad desde 2018.

“Entonces, aunque no le fuera aplicable (la reforma), lo hizo desde 2018 en el trámite que hoy existe ante Relaciones Exteriores”, añadió.

“De todas maneras, esperaremos que una vez que ya este sea establecido por el Senado como una reforma constitucional reconocida, porque ya le dio la vuelta a las entidades federativas, va a tener que haber una ley, una ley específica para poder establecer todas las nuevas reglas una vez teniendo esta disposición”, concluyó.


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