México

¿De qué trata la ley para prevenir, investigar, sancionar y reparar el daño por feminicidio propuesta por Claudia Sheinbaum?

La iniciativa presentada este 15 de julio tiene como punto central homologar la investigación por feminicidio en el país

La iniciativa también contempla los derechos de las víctimas directas e indirectas de feminicidio. Foto: Google Maps (Chay)
La iniciativa también contempla los derechos de las víctimas directas e indirectas de feminicidio. Foto: Google Maps (Chay)

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La presidenta de México, Claudia Sheinbaum Pardo, firmó y envió al Congreso de la Unión la iniciativa de Ley General para Prevenir, Investigar, Sancionar y Reparar el Daño por Feminicidio. 

Esta propuesta surge tras la reforma constitucional del pasado 6 de mayo que facultó al Poder Legislativo para emitir una norma general en la materia. 

¿Qué establece la nueva ley de feminicidio de Sheinbaum?

El objetivo primordial de la ley es poner fin a la fragmentación legal en el país, donde las 32 entidades federativas regulaban de forma dispar los elementos del tipo penal, las razones de género y las penas, lo que propiciaba impunidad, pérdida de indicios y un grave subregistro de casos al clasificar los feminicidios como homicidios dolosos comunes, según se señaló.

En su apartado penal, la legislación homologa la sanción en todo el territorio nacional al establecer una pena de 50 a 70 años de prisión para quien prive de la vida a una mujer por cuestiones de género

El documento tipifica diez razones específicas de género, entre las que destacan los signos de violencia sexual, los delitos motivados por estereotipos y los contextos de asimetría de poder. 

Asimismo, se contemplan 19 agravantes para incrementar el castigo cuando las víctimas sean menores de edad, periodistas, migrantes, mujeres embarazadas o presenten huellas de ataques con ácido, mientras que la tentativa del delito se sancionará con penas que alcanzan hasta las dos terceras partes de la condena máxima.

Medidas más fuertes para agresores

Para garantizar que la sanción trascienda el ámbito penal, el proyecto estipula responsabilidades adicionales de carácter civil y familiar para los agresores, tales como la pérdida de derechos sucesorios, de tutela y de la patria potestad, así como la inhabilitación inmediata en caso de tratarse de servidores públicos

De igual forma, el feminicidio y la consecuente reparación del daño son declarados imprescriptibles. Bajo este nuevo marco jurídico, se prohíbe explícitamente cualquier tipo de atenuante, amnistía, criterio de oportunidad o conmutación de pena que pretenda beneficiar a los sentenciados.

FGR y fiscalías deberán investigar feminicidio bajo protocolos especializados

En lo concerniente a la procuración de justicia, el proyecto impone a la Fiscalía General de la República (FGR) y a las fiscalías locales la obligación de investigar con debida diligencia reforzada

Para cumplir con esta disposición, se homologarán protocolos especializados y obligatorios con perspectiva de género que obligarán a todas las fiscalías a contar con unidades ministeriales especializadas, equipadas con peritos, policías e investigadores capacitados. 

Estas áreas deberán dar seguimiento ininterrumpido a las carpetas de investigación desde el inicio del proceso penal hasta la ejecución de las sentencias para asegurar la continuidad procesal.

Iniciativa también contempla medidas de protección para víctimas directas e indirectas de feminicidio

Además, la iniciativa coloca en el centro de las políticas públicas los derechos de las víctimas directas e indirectas, regulando una reparación integral y transformadora del daño, asistencia médica de urgencia, asesoría jurídica gratuita y la entrega digna de los cuerpos. 

Entre las medidas de protección destaca la creación del Registro Nacional de Niñas, Niños y Adolescentes en Orfandad por Feminicidio para asegurar la tutela y desarrollo de los menores desamparados. 

La sanción establecida en la propuesta señala una pena de 50 a 70 años de prisión para quien prive de la vida a una mujer por cuestiones de género.. Foto: Presidencia

La sanción establecida en la propuesta señala una pena de 50 a 70 años de prisión para quien prive de la vida a una mujer por cuestiones de género.. Foto: Presidencia

Aunado a ello, la ley hace corresponsables a los medios de comunicación y plataformas digitales, obligándolos a respetar la dignidad de los deudos y prohibiendo expresamente la apología de la violencia mediante la difusión de imágenes que degraden a las víctimas.


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