Lo mejor de la información de México y el mundo
Facebook POSTA header X POSTA header Instagram POSTA header Youtube POSTA header TikTok POSTA header
México

Diputados aprueban reforma judicial en lo particular

La mañana de este miércoles 4 de septiembre, los diputados del Congreso de la Unión, han aprobado en lo particular la reforma al Poder Judicial

Mazo y pesa de la justicia. Foto: Especial
Mazo y pesa de la justicia. Foto: Especial

Publicado el

Por: Jesús Morales

CIUDAD DE MÉXICO.- La mañana de este miércoles 4 de septiembre, la Cámara de Diputados han aprobado, en lo particular, la reforma al Poder Judicial, por lo que el dictamen ha sido turnado al Senado de la República.

Debido a ello, con 357 votos a favor, 130 en contra y 0 abstenciones, el Pleno ha aprobado en lo general y lo particular la reforma judicial.

 

La resolución ocurre luego de que la Sesión Ordinaria del 3 de septiembre se extendiera por cerca de 18 horas, llegando así hasta este miércoles 4 de septiembre.

Dicha sesión ocurrió en la Sala de Armas de la Ciudad Deportiva Magdalena Mixhuca, luego de que, la madrugada de ese día, manifestantes bloquearan el acceso a la Cámara de Diputados en San Lázaro, por lo que tuvieron que realizar la discusión y votación de la reforma en una sede alterna.

En ese sentido, previamente la reforma fue aprobada en lo general, con 359 votos a favor135 en contra 0 abstenciones, a las 04:15 horas.

Tras ello, su discusión siguió mientras se aprobaron reservas a dicho dictamen, a la par de que los representantes de los grupos parlamentarios del Morena, PVEM, PT, PAN, PRI y Movimiento Ciudadano siguieron teniendo intervenciones sobre el dictamen de reformas constitucionales.

 


¿Qué se incluyó en la votación en lo particular?

 

Los cambios que fueron incluidos con esta votación, fue la adición de lenguaje inclusivo en el texto normativo. También, una compensación económica a jueces de distrito y magistrado de circuito que no participen o pierdan la elección, igual a tres meses de salario y 20 días por año laborado.

Adicionalmente, se incluyó que los juzgadores podrán trabajar por dos años, incluso fuera de su circunscripción, en casos ante el Poder Judicial.

 


Ahora, la reforma ha sido turnada al Senado de la República

 

Ahora, el dictamen ha sido enviado al Senado de la República, el cual lo turnará a su Comisión de Puntos Constitucionales, por lo que si ahí se aprueba, este deberá ser discutido en el Pleno para así ser votado.

No obstante, a diferencia de la Cámara de Diputados, Morena, PVEM y PT no cuentan con una mayoría calificada ya que les falta un voto, por lo que tendrán que gestionar de qué manera obtienen ese curul que les falta. Sin embargo, en caso de que la reforma sea votada y no encuentre dicha mayoría, regresará a San Lázaro.


¿Qué aprueba la reforma judicial?


Con esto, ha quedado establecido el proceso de elección por voto popular para magistrada o magistrado de Circuito, jueza o juez de Distrito y ministra o ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), el cual deberá ser llevado a cabo por el Instituto Nacional Electoral (INE).

Asimismo, en el dictamen se establecen los requisitos para la elección de los juzgadores, así como lo mecanismos de designación en caso de defunción, renuncia o su ausencia definitiva.

Adicionalmente, fue aprobada la reducción del número de ministras y ministros de la SCJN, por lo que de ser 11, ahora serán nueve, cuyo cargo durará un máximo de 12 años.

También, los juzgadores tendrán un máximo de seis meses para que dicten sentencias, pero, en caso de no cumplirlo, tendrán que informarlo al Tribunal de Disciplina Judicial, donde tendrán que justificar el porqué no se ha dictado la sentencia en los plazos establecidos o enterar al Órgano Interno de Control, en el caso de tribunales administrativos.

Por otro lado, fue aprobado que la “administración y control interno” del Tribunal Electoral estará a cargo del Órgano de Administración Judicial, mientras que lo relativo “a la disciplina de su personal” al Tribunal de Disciplina Judicial, en donde también deberán resolverse conflictos entre el Poder Judicial y sus servidores, así como los que ocurran en el SCJN y sus trabajadores.

Adicional a lo anterior, el Tribunal de Disciplina Judicial podrá “conocer, investigar, substanciar y, en su caso, sancionar” a las y los servidores públicos del Poder Judicial, los cuales “incurran en actos u omisiones contrarias a la ley”, así como en contra del “interés público o a la adecuada administración de justicia.”

A la vez, se le han otorgado facultades al Órgano de Administración Judicial, para que cuente con “independencia técnica y de gestión” para que sea la “responsable de la administración, carrera judicial y control interno” del Poder Judicial. Asimismo, tendrá que determinar el “número, división en circuitos, competencia y materias” de los Tribunales Colegiados de Circuito, de Apelación y Juzgados de Distrito.

Noticias Relacionadas