Javier Laynez cuestiona renuncia de Mónica Soto y acusa atropello a la Constitución por falta de causa grave
El ministro en retiro Javier Laynez cuestionó la renuncia de Mónica Soto a la Sala Superior del TEPJF, al señalar que la Constitución establece que la salida de una magistratura electoral solo puede darse por una causa grave aprobada por el Senado.
Javier Laynez ministro en retiro. Foto: cortedemexico.com | Canva
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El ministro en retiro de la Suprema Corte, Javier Laynez, señaló que la Constitución establece que la renuncia de una magistratura electoral debe obedecer a una causa grave aprobada por el Poder Legislativo, requisito que, a su juicio, no aparece en la decisión presentada por Soto.
¿De qué forma el ministro Laynez cuestionó la renuncia de Mónica Soto?
Javier Laynez, ministro en retiro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), cuestionó la renuncia de Mónica Soto Fregoso a la Sala del TEPJF, al considerar que no expone una causa grave que, de acuerdo con la Constitución, justificaría la separación del cargo.
A través de sus redes sociales, Laynez señaló que la Constitución establece claramente que la renuncia de una magistratura electoral únicamente procede por causa grave, misma que debe ser aprobada por el Poder Legislativo.
Dice la Constitución claramente que la renuncia de un Magistrado Electoral solamente procede por causa grave que debe aprobar el Legislativo. La carta de renuncia presentada el día de ayer no expone ninguna que la justifique. Se va porque “ha tomado la decisión de concluir el…
El jurista sostuvo que la carta presentada por Soto no menciona ninguna circunstancia de esa naturaleza, sino que únicamente señala su decisión de concluir su ciclo al frente del tribunal. Ante ello, anticipó que el Senado probablemente aprobará la dimisión.
¿Qué es lo que acusa el ministro Laynez de la renuncia de Mónica Soto?
A partir de este caso, el ministro en retiro advirtió sobre lo que consideró una práctica cada vez más frecuente en el país, interpretar las normas de acuerdo con las circunstancias y no conforme a lo establecido expresamente en la Constitución.
Si la causa grave ya no es requisito para renunciar, ¿qué sentido tiene que la Constitución la exija?
Minitro en retiro Javier Laynez -
Cuestionó Laynez, quien acusó que el uso de interpretaciones a conveniencia representa un atropello a la Carta Magna.
Las declaraciones representan una de las pocas apariciones públicas de Laynez desde que concluyó su periodo en la SCJN, en agosto de 2025, en el contexto de la reforma judicial.
Mónica Soto anunció su renuncia durante el Encuentro Nacional de Magistraturas Electorales 2026, donde señaló que los cargos públicos tienen una fecha de entrada y de salida.
La magistrada llegó al Tribunal Electoral el 20 de octubre de 2016, luego de ser electa para un periodo de nueve años. Su mandato debía concluir en octubre de 2025, pero se extendió como consecuencia de las modificaciones derivadas de las reformas electoral y judicial.
?? Aquí aparece un problema con la renuncia de Mónica Soto.
?? El artículo 98 de la Constitución establece que, ante la renuncia de una magistrada o magistrado del @TEPJF_informa la vacante sería ocupada por la persona del mismo género que haya obtenido el segundo lugar en… pic.twitter.com/vU1InHOdir
La Constitución contempla que la plaza que deja Soto, al no haber sido sometida a renovación en la elección judicial de 2025, permanezca vacante hasta la siguiente jornada electoral prevista para 2028.
Esta situación se suma a la salida de Janine Otálora Malassis en octubre de 2025, con lo que el pleno del máximo órgano electoral jurisdiccional opera actualmente con cinco integrantes.