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A casi seis años del asesinato de Mireya Rodríguez Lemus, reconocida defensora de los derechos de mujeres trans y trabajadoras sexuales, promotora de salud en VIH y cofundadora de Unión y Fuerza de Mujeres Trans Chihuahuenses A.C., un Tribunal de Enjuiciamiento emitió una sentencia que marca un momento decisivo en el caso, tras un proceso judicial largo y complejo.
Este fallo ocurre después de que, en una etapa previa del proceso, el acusado fuera absuelto, lo que generó cuestionamientos y mantuvo vigente la exigencia de justicia.
¿Qué cambió en el proceso judicial para llegar a esta sentencia?
El caso tuvo un giro significativo tras la reposición del proceso, lo que permitió que se revaloraran pruebas y se reconsideraran los hechos bajo un enfoque distinto. La intervención de la Fiscalía Especializada en Investigación de Violaciones a Derechos Humanos y Desaparición Forzada fue clave para sostener la acusación y lograr una nueva resolución.
Este nuevo análisis permitió que el Tribunal determinara la responsabilidad penal del acusado, corrigiendo así el fallo anterior y avanzando hacia una sanción definitiva.
También se ordenó evaluar el daño moral y psicológico causado, con el objetivo de que sea cuantificado y atendido conforme a derecho. Estas disposiciones buscan reconocer las afectaciones derivadas del crimen más allá del ámbito penal.
Estos elementos fueron determinantes para clasificar el delito como agravado en razón de género, reforzando la importancia de analizar cada caso con perspectiva adecuada y considerando las circunstancias particulares de las víctimas.