08:00 hs26/09/2025
Historia de impuestos no pagados por un Grupo Empresarial (Grupo Salinas)
Grisel Galeano, procuradora Fiscal de la Federación, primero explicó la figura de Consolidación Fiscal, que es un mecanismo legal que existió en México para que los grupos de empresas (por ejemplo, una empresa grande con varias subsidiarias) presentaran sus impuestos como si fueran una sola. Entonces, señaló, si a una empresa del grupo le Iba muy bien y tenía utilidades, y a otra la Iba mal y tenía pérdidas, podían sumar y restar resultados entre todas. De esta forma, el grupo podía pagar menos impuestos en el corto plazo, porque las pérdidas de unas se compensaban con las ganancias de otras.
Según se explicó, esta figura se creó en 1982, con la intención original era fortalecer a los grupos empresariales mexicanos, darles liquidez competitividad internacional, a fin, "en teoría", de ser un incentivo para invertir más y generar empleos, porque el grupo no se veía obligado a pagar impuestos elevados si al mismo tiempo tenía empresas con pérdidas.
No obstante, se detectaron problemas y "abusos" con esta figura, ya que se detectaron grupos que abusaban de este esquema, ya que movían los números de la contabilidad para aparentar más pérdidas de las que en realidad tenían y provocar pagar menos impuesto. Además, y por los beneficios de esa figura, diferían los impuestos durante muchos años sin pagarlos realmente y afectaban su contabilidad para pagar menos, lo que, dijo, generó un grave problema la recaudación del Estado, más un trato desigual entre las pequeñas y medianas empresas que sí pagaban completo, frente a los grandes consorcios.
Después, se explicó cómo fue cambiando la consolidación fiscal en los últimos 40 años:
- 1982-1999: Se Introduce la figura de consolidación fiscal en la Ley del Impuesto Sobre la Renta. Objetivo: apoyar a los grandes grupos empresariales en un contexto de crisis y modernización.
- 2000-2012: El régimen se mantiene, Los grupos empresariales aprovechan Intensamente la consolidación. Se generan críticas por diferimiento excesivo de Impuestos. En 2010 se aprueba una reforma que obliga a pagar parte de los Impuestos diferidos (5% anual, después 25% acumulado).
- Entre 2012-2018: En la Reforma Fiscal de 2014, se elimina la consolidación fiscal y se crea un nuevo esquema: el Régimen Opcional para Grupos. Mucho más estricto y con plazos para pagar impuestos, bajo el argumento de evitar abusos y recuperar ingresos públicos.
- 2018-2024: Se refuerza la fiscalización. "cero privilegios fiscales". Ya no hay consolidación. EI régimen debe ser parejo para todos. Debemos conducirnos en equidad y Justicia tributaria para lograr el crecimiento y prosperidad del país.
Tras la "desconsolidación fiscal" derivado de los "abusos", se sustituyó por un esquema llamado "Régimen Opcional para Grupos", con reglas mucho más estrictas:
- Ya no se permitía compensar todo indiscriminadamente.
- Se buscó que hubiera más equidad y transparencia, y que los grandes grupos no tuvieran ventajas excesivas sobre las medianas y pequeñas empresas.
- Se fijaron plazos claros para pagar impuestos diferidos
Ahora bien, en cuanto al Grupo Salinas, se detalló su problemática fiscal, a partir de cuatro empresas de este conglomerado, del cual acumula:
- Empresa 1: cuatro ejercicios fiscales de Consolidación (2008,2010, 2011 y 2012), más un ejercicio de desconsolidación
- Empresa 2: ejercicio fiscal de consolidación (2009), más un ejercicio de desconsolidación
- Empresa 3: multa por pérdida indebida
- Empresa 4: deducciones indebidas
En total, se tratan de nueve asuntos y adeudo de un grupo empresarial, que equivale a 48 382 mil millones de pesos, cuyos casos que se litigan ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). Ante esto, se ejemplificaron nueve casos sobre este grupo:
El caso del ejercicio 2013, equivale a $24 968 millones de pesos por desconsolidación Fiscal, la cual el SAT detectó que, al terminar este régimen fiscal especial que les daba beneficios (llamado consolidación fiscal), La empresa no regresó ("reversó") las pérdidas de años anteriores que ya había usado para pagar menos impuestos en 2008, 2010, 2011 y 2012. El caso empezó en 2018 y hasta ahora, en dos instancias, los tribunales han dado la razón al SAT. Está pendiente de resolución final en la SCJN. No devolvió un beneficio fiscal que ya había utilizado para quedarse con un descuento indebido. Desde 2008, 16 años con incumplimiento de pago.
Ejercicio 2008 por $2096 millones de pesos. Aquí, la Empresa 1 declaró pérdidas indebidas al vender acciones, sin calcular correctamente el costo promedio de las mismas, como lo marca la ley. Se movieron números entre las empresas del mismo grupo para aparentar pérdidas y pagar menos. Se hicieron varias fusiones y divisiones de empresas para generar artificialmente una pérdida fiscal que luego fue usada para pagar menos impuestos. Tras varios juicios desde 2018, el SAT ha ganado. El caso está en espera de la resolución final de la SCJN.
Ejercicio 2012 por $2124 millones de pesos. La Empresa 1 declaró pérdidas que en realidad no eran de sus operaciones, sino que venían de otra empresa que fue separada de Empresa 1. Se inflaron pérdidas más de las permitidas y se les impuso una multa. En dos instancias judiciales los tribunales le dieron la razón al SAT. El asunto está en la SCJN para resolución final.
Ejercicio 2010 por $2740 millones de pesos. La Empresa 1 reportó pérdidas indebidas al vender acciones, calculando de forma incorrecta su costo de adquisición. Empresa 1 declaró pérdidas indebidas en la venta de acciones de una aerolínea. Se dio un valor distinto a las acciones para simular que habían perdido más dinero. En varias instancias los tribunales han dado la razón al SAT. La Suprema Corte decidirá si entra al fondo; no obstante, ya no hay razones novedosas por las que la SCJN debería de pronunciarse.
Ejercicio 2011 por $7,501 millones de pesos. La Empresa 1 reportó pérdidas indebidas al vender acciones, calculando de forma incorrecta su costo de adquisición. Empresa 1 declaró pérdidas indebidas en la venta de acciones de una aerolínea. Se dio un valor distinto a las acciones para simular que habían perdido más dinero. En varias instancias los tribunales han dado la razón al SAT. La Suprema Corte decidirá si entra al fondo; no obstante, ya no hay razones novedosas por las que la SCJN debería de pronunciarse.
Ejercicio 2009 por $3547 millones de pesos. La empresa declaró pérdidas que venían de otras sociedades, no de sus operaciones reales. Se pasaron pérdidas de una empresa a otra que nunca las tuvo para bajar más los impuestos. Aquí aparecen varias empresas de la empresa que generaron pérdidas. El SAT ganó en dos instancias. El caso espera decisión final de la SCJN.
Ejercicio 2013 por $4,431 millones de pesos. La Empresa 2 no regresó pérdidas que había usado para pagar menos impuestos en 2008 y 2009. El juicio comenzó en 2018. En dos instancias, el SAT ganó. Ahora está pendiente que la SCJN decida finalmente si entra al fondo del caso. No obstante, ya no hay razones novedosas por las que la SCJN debería de pronunciarse.
Ejercicio 2012 con multa de $67 millones de pesos. La empresa reportó pérdidas más grandes de lo que realmente sufrió. Por eso el SAT le impuso una multa. En primera instancia ganó el SAT, pero en segunda instancia, incorrectamente los tribunales dieron la razón a la empresa. Ahora el SAT llevó el caso a la SCJN quien tiene criterios en asuntos similares para resolver en favor del Fisco.
Ejercicio 2011 por $645 millones de pesos. La Empresa 4 intentó deducir gastos que el SAT consideró indebidos porque la ley no los justifica y no los permite: viáticos, anticipos, servicios, entre otros. El SAT ganó casi todo el caso en todas las Instancias, excepto por una deducción que sí se aceptó (comisiones a distribuidores). Aún está pendiente un amparo en la SCJN.