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México

TEPJF propone sustituir a Comité de Evaluación del PJ por negarse a retomar proceso electoral

La magistrada Mónica Soto del TEPJF ha propuesto reemplazar al Comité de Evaluación del Poder Judicial, para que se avance en el proceso electoral para las elecciones judiciales

Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. Foto: X (@TEPJF_informa)
Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. Foto: X (@TEPJF_informa)

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Por: Jesús Morales

CIUDAD DE MÉXICO.- Mónica Soto, magistrada presidenta del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), presentará un proyecto para sustituir al Comité de Evaluación del Poder Judicial, luego de que este se negó a reanudar sus labores para la elección judicial, pese a que dicho tribunal, el 22 de enero, se lo ordenó.

Dicho comité, ha permanecido sin laborar desde el pasado desde el pasado 7 de enero, cuando publicaron un acuerdo sobre el paro de sus tareas, argumentando haber recibido la orden del Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Michoacán, quien emitió una suspensión definitiva en contra del proceso electoral extraordinario.

 

¿Qué se propone en el proyecto del TEPFJ para sustituir al Comité de Evaluación del Poder Judicial?

El proyecto en cuestión será analizado y votado este lunes 27 de enero. Por un lado, se señala que el “incumplimiento y desacato” del Comité de Evaluación del Poder Judicial es “inadmisible”, luego de que el TEPFJ falló a favor para que el comité reactivara de manera inmediata sus tareas para definir las candidaturas que habrán de ser parte para la elección del próximo 1 de junio.

Así, por otro lado, bajo el actual panorama, la magistrada presidenta precisa en el proyecto el uso del “cumplimiento sustituto”, figura utilizada a fin de reparar el daño de las personas que se inscribieron a dicho comité, para formar parte de la elección de juzgadores (jueces, magistrados y ministros).

Basado en ello, quien sustituiría al Comité de Evaluación del Poder Judicial sería al Senado de la República, a quien se le ordenaría asumir las responsabilidades no tomadas.  

No obstante, debido a la interrupción del proceso de selección y el tiempo con el que se cuenta para cumplir el plazo de entregada de listados con las personas candidatas, se propone que el Senado concluya las tareas eligiendo a los perfiles por medio de una tómbola, también conocido como insaculación.

Tal insaculación se realizaría con todas las personas que, previamente, cumplieron con los requisitos de elegibilidad, aunque se tendrá que omitir la etapa de revisión de idoneidad de cada uno de los perfiles, pues, como se argumenta, ya está 'avanzado del proceso electoral y que actualmente no existe tiempo suficiente para desahogar la totalidad del proceso”.

Esto, pues la entrega de listados con las candidaturas definitivas está fechada para el próximo 4 de febrero. En ese sentido, lo anterior se precisa al señalar:

Esta Sala Superior determina que, en plenitud de jurisdicción, la Mesa Directiva del Senado de la República tome los acuerdos, lineamientos y formularios requeridos, relativos a efectuar la fase de insaculación pública a todas aquellas personas que resultaron con un dictamen favorable de cumplimiento de requisitos de elegibilidad emitido por el Comité de Evaluación responsable, sin que sea factible realizar el procedimiento para evaluar la idoneidad de las personas aspirantes ante lo avanzado de las etapas del procedimiento y la proximidad de la fecha de remisión de la lista de las personas elegibles que será a más tardar el treinta y uno de enero del año en curso'.

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Ver nota: Tribunal Electoral descarta voto en el extranjero para elección judicial


¿Qué tareas tendrá se propone que asuma el Senado?

En caso de que este proyecto sea aprobado, el Senado contará con un plazo de 24 horas, a partir de que se notifique la sentencia, para que emita un acuerdo con 'medidas y lineamientos necesarios' para que realicen el procedimiento de insaculación pública 'únicamente respecto de aquellos cargos en los que existan más postulantes del número de duplas o ternas que correspondan'.

No obstante, se precisa: 'En el entendido que, en aquellos casos en los que no exista el número de aspirantes necesarios, éstos pasarán directamente a la boleta correspondiente'.

Esto, en referencia a los cargos en los que el comité del Poder Judicial dio un número menor de personas al mínimo que señala la Constitución, por lo que estas pasarán a ser candidatas automáticamente, sin el uso de la tómbola. Asimismo, también se tendrán que agregar a los cientos de personas que el comité dejó fuera y el que TEPJF le ordenó incluir.

Por otro lado, se menciona que el procedimiento de insaculación 'será continuo, público y transparente a fin de generar los listados de ternas y duplas'.

Ver nota: Elección de juzgadores: poderes publican listas de aspirantes a candidatos, ¿a quiénes eligieron?

 

¿Por qué el Comité de Evaluación del Poder Judicial mantiene frenado su proceso de selección?

A pesar de todo el proceso legislativo, posterior a aprobación y publicación en el Diario Oficial de la Federación, la reforma al Poder Judicial ha recibido una serie de suspensiones por diversos jueces y juzgados del país.

Pese a ello, su desarrollo ha continuado, lo que incluye el actual proceso electoral de las elecciones extraordinarias de este 2025. Sin embargo, el pasado 7 de enero, y como otra más de estas suspensiones, el Comité de Evaluación del Poder Judicial comunicó que había recibido una suspensión definitiva para dicho proceso electoral.

Por ende, publicó un acuerdo en el que notificó que frenaría su proceso electoral de cara a la próxima elección de juzgadores. 

Luego de semanas, el 22 de enero, la presidenta magistrada del TEPJF presentó un proyecto para ordenar al Comité de Evaluación del Poder Judicial a que reactivara sus actividades, luego de haber recibido varias impugnaciones por la decisión del comité.

En dicho proyecto, que fue aprobado ese día y en el que se precisó que el comité tenía 24 horas para acatar el fallo, se argumentó que 'ninguna autoridad, poder y órgano del Estado puede emitir actos de autoridad tendentes a suspender, limitar, condicionar o restringir las actividades relativas a las etapas del proceso electoral extraordinario del Poder Judicial de la Federación.'

Sin embargo, el 23 de enero, en una sesión privada el Comité de Evaluación del Poder Judicial resolvió que, de momento, no aceptaría la resolución del TEPJF, sino solicitaría a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que resolviera la controversia.

De esta firma, el 24 de enero, la SCJN dio a conocer que dio entrada a dicha solicitud, por lo que turnó al ministro Alfredo Gutiérrez Ortíz Mena a que elabore el proyecto para que resolver el problema; ya sea, mantener la suspensión definitiva o acatar el dictamen del TEPJF.


Ver nota: Elección judicial: INE define infracciones y conductas sancionables para candidaturas

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