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A pesar del descontento de los habitantes de Izamal, este domingo 1 de febrero de 2026, la Dirección de Seguridad Pública Municipal, pondrá en marcha nuevas medidas preventivas de tránsito y vialidad, como el uso obligatorio del casco para los motociclistas.
Con la entrada en vigor de esta medida preventiva se busca salvaguardar la integridad y seguridad de peatones, conductores y pasajeros en la vía pública. Esta actualización se sustenta en la Ley de Tránsito y Vialidad de Yucatán.
Foto: Seguridad pública municipal Izamal
Las disposiciones aplicarán tanto en la cabecera municipal como en sus comisarías: Sitilpech, Pixilá, Xanabá, Citilcum y Kimbilá.
¿Es obligatorio el uso de casco y quiénes pueden conducir?
Con base en los Artículos 289 y 290, queda estrictamente prohibido que menores de 16 años conduzcan vehículos motorizados. Además, conductores y pasajeros de vehículos menores motorizados deberán usar casco protector.
Las autoridades también señalaron que, si menores ocasionan incidentes en vía pública, la responsabilidad recaerá directamente en los tutores o responsables legales, por lo que se exhorta a reforzar la prevención vial.
¿Qué pasa si se conduce bajo los efectos del alcohol o drogas?
El Artículo 328 prohíbe conducir bajo los efectos del alcohol, drogas o sustancias psicotrópicas. En estos casos, el vehículo será retenido, el conductor arrestado hasta por 36 horas y se aplicarán multas de 90 a 100 UMA, equivalente entre 10 mil 558 a 11 mil 731 pesos, según el valor vigente en 2026.
Además, se recordó que en municipios cercanos como Sudzal, Kantunil, Hoctún, Tahmek, Cacalchén, Tekantó, Teya, Tepakán, Tekal de Venegas y Tunkás, también es obligatorio portar casco para evitar sanciones.
¿Qué sanciones se aplicarán por mofles ruidosos y exceso de velocidad?
Entre las nuevas disposiciones también destaca la aplicación del Artículo 70, Fracción X, que sanciona a los vehículos con mofles directos, rotos o válvulas de escape que generen ruido excesivo mayor a 90 decibeles, así como aquellos que sobresalgan de la línea de la defensa del vehículo.
Asimismo, el Artículo 236, Fracción V establece multas de 19 a 25 UMA para quienes excedan los límites de velocidad permitidos en las calles de Izamal y sus comisarías, como parte de las acciones para reducir accidentes viales.