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LaFiscalía General del Estado (FGE) Yucatán aportó las pruebas periciales necesarias para obtener el fallo condenatorio y sentenciar al acusado, tras los hechos ocurridos hace alrededor de 5 años, cuando difundió imágenes íntimas de su ex pareja sentimental.
De acuerdo al Tribunal Unitario 4 de Enjuiciamiento, además deberá otorgar una disculpa pública, recibirá una amonestación, le fueron suspendidos sus derechos políticos, no podrá acercarse a la víctima de manera permanente y deberá participar en programas educativos sobre los derechos de las mujeres.
¿A cuánto asciende la reparación del daño impuesta al acusado?
Por concepto de la reparación del daño cometido en el año 2020, el sentenciado deberá cubrir la cantidad de 37 mil 966.56 pesos. Mientras que por los delitos contra la imagen personal registrados en el año 2021, el monto es por 78 mil, 327.88 pesos.
Además, por la reparación del daño moral y emergente la cantidad es de 60 mil pesos; por el daño material, 70 mil 759 pesos y por los perjuicios, 83 mil 450.85 pesos.
Foto: FGE Yucatán
¿Cuándo ocurrieron los hechos que originaron la denuncia?
Durante la etapa inicial el caso fue desahogado ante el Juzgado Segundo de Control bajo la causa penal 396/2023, donde se estableció que los hechos ocurrieron entre finales del año 2020 y principios del 2021.
El sentenciado divulgó, distribuyó y publicó imágenes y videos íntimos que se grabaron mientras ambos sostuvieron una relación sentimental.
Cabe recordar que fue en 2018 cuando en Yucatán se modificó el Código Penal en materia de delitos contra la intimidad y la imagen, que se perseguirá por querella de la parte agraviada.