SCJN da revés a norma de granjas porcícolas en Yucatán y respalda a comunidades mayas
La SCJN ordenó revisar la norma ambiental de granjas porcícolas en Yucatán tras un amparo promovido por comunidades mayas de Sitilpech, Kinchil y Chapab.
Este fallo representa un precedente importante en material de justicia ambiental. Foto: Canva
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que las comunidades mayas de Sitilpech, Kinchil y Chapab sí tienen interés legítimo para impugnar la norma ambiental que regula las granjas porcícolas en Yucatán, una decisión que reabre el juicio de amparo y obliga a revisar a fondo si la regulación fue emitida sin consulta indígena previa.
El fallo corresponde al Amparo en Revisión 451/2025 y representa un precedente importante en materia de justicia ambiental y derechos de los pueblos indígenas, especialmente ante proyectos con posible impacto ecológico en territorio yucateco.
¿Qué resolvió la SCJN sobre las granjas porcícolas en Yucatán?
Durante la sesión del pleno de la SCJN, las ministras y ministros determinaron revocar la sentencia emitida previamente por un juzgado de distrito, el cual había rechazado el amparo promovido por habitantes de las comunidades mayas.
La Corte concluyó que las personas promoventes sí pueden acudir a tribunales para cuestionar la Norma Técnica Ambiental NTA 001 SDS 22, encargada de regular la instalación, operación y abandono de granjas porcícolas en Yucatán.
Las comunidades argumentaron que esta regulación fue elaborada sin realizar una consulta previa, libre, informada y culturalmente adecuada, pese a que las megagranjas pueden afectar recursos naturales, cuerpos de agua y la vida comunitaria en las zonas cercanas.
La ministra Loretta Ortiz Ahlf explicó que en temas ambientales no siempre es necesario demostrar un daño consumado para permitir el acceso a la justicia, especialmente cuando existen riesgos para comunidades indígenas.
Foto: Greenpeace
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¿Por qué las comunidades mayas impugnaron la norma ambiental?
El amparo fue promovido por habitantes de Sitilpech, Kinchil y Chapab, quienes señalaron que el crecimiento de las megagranjas porcinas ha provocado impactos negativos en el entorno ecológico y en los recursos naturales de sus territorios.
Las comunidades sostienen que la norma ambiental vigente permite regular actividades relacionadas con las granjas porcinas sin tomar en cuenta la voz de quienes habitan en las inmediaciones de estos proyectos.
Durante la discusión del caso, la ministra Yasmín Esquivel reconoció que las granjas porcícolas sí tienen efectos directos sobre las comunidades cercanas, ya sea mediante la autorización de nuevos centros de producción o la operación de los ya existentes.
La SCJN también destacó que la autoadscripción indígena y el vínculo territorial son elementos suficientes para reconocer el interés legítimo de las comunidades cuando se denuncian posibles afectaciones ambientales.
Con esta resolución, el Juzgado Primero de Distrito en Yucatán deberá reponer el procedimiento y emitir una nueva sentencia considerando el interés legítimo de las comunidades mayas para impugnar la regulación ambiental.
Además, la Corte ordenó analizar otros artículos de la Ley de Protección al Medio Ambiente de Yucatán y de su reglamento, al considerar que están directamente relacionados con la emisión de la norma técnica sobre granjas porcícolas.
Organizaciones como Kanan Derechos Humanos señalaron que el fallo abre la puerta para que comunidades indígenas puedan cuestionar legalmente proyectos con posibles impactos ambientales antes de que el daño sea irreversible.
La resolución también podría convertirse en un precedente aplicable a otros casos relacionados con desarrollos inmobiliarios, parques industriales, proyectos energéticos o actividades productivas de alto impacto ambiental en Yucatán y otras regiones del país.