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Si no te han pagado elaguinaldo 2025, la fecha límite para otorgar esta prestación de fin de año está a punto de cumplirse.
De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, LFT, los patrones tienen hasta el 20 de diciembre para realizar el pago correspondiente; si no lo hacen, existen mecanismos legales para que los trabajadores reclamen su derecho.
Aunque el pago del aguinaldo en México comenzó desde noviembre y algunos empleados ya lo recibieron e incluso lo gastaron, hay quienes aún no ven reflejado este ingreso obligatorio por ley.
Si estás en esta situación, aquí te explicamos qué hacer para reclamar el cumplimiento de esta obligación patronal.
¿Qué pasa si tu patrón no paga el aguinaldo 2025?
Si no perteneces a losgrupos excluidos por la LFT y tu patrón no te paga el aguinaldo antes del 20 de diciembre de 2025, puede enfrentar multas de entre 50 y 500 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA).
Esto quiere decir que podría ser sancionado con multas que van de 5 mil 657 pesos a 56 mil 570 pesos, según las UMAs que le aplique la autoridad laboral, además, la ley protege al trabajador otorgándole hasta un año para reclamar este derecho ante las instancias correspondientes.
Las autoridades competentes para que el trabajador reclame el pague del aguinaldo, en caso de no haberlo recibido antes del 20 de diciembre de 2025, son:
Juntas de Conciliación y Arbitraje
Tribunales Laborales Federales o Locales
Centros Federal de Conciliación y Registro Laboral.
¿Dónde reclamar el aguinaldo 2025 si no te lo pagaron?
Antes de iniciar un proceso legal, se recomienda hablar con el patrón o el área de recursos humanos para verificar si se trata de un retraso administrativo o un problema financiero temporal, muchas veces, el conflicto puede resolverse por esta vía sin mayores complicaciones.
¿Quiénes tienen derecho al aguinaldo según la LFT?
El artículo 87 de la LFT establece que todo trabajador subordinado debe recibir, como mínimo, 15 días de salario por concepto de aguinaldo, esto aplica incluso si no se laboró el año completo, ya que el pago debe realizarse de forma proporcional.
Sin embargo, existen grupos que no tienen derecho a aguinaldo, entre ellos:
Trabajadores freelance
Personas que laboran por honorarios
Socios que cobran utilidades
Servidores públicos sin nombramiento o eventuales
Pasantes o becarios en prácticas profesionales
Trabajadores sin contrato formal ni registro ante la autoridad laboral