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Yucatán

¿Cuáles son los requisitos del Ayuntamiento de Mérida para vender licor?

Conoce los requisitos del Ayuntamiento de Mérida para vender licor, tramitar licencia de funcionamiento y cumplir con la normativa vigente.

La venta de licores solo puede realizarse en establecimientos autorizados. Foto: Canva
La venta de licores solo puede realizarse en establecimientos autorizados. Foto: Canva

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Si planeas abrir un negocio de venta de bebidas alcohólicas en la capital yucateca, es fundamental conocer lo que establece el Ayuntamiento de Mérida.

El Reglamento que regula la clasificación de los establecimientos dedicados al expendio de bebidas alcohólicas en el municipio señala los lineamientos, obligaciones y sanciones aplicables para operar de forma legal. Aquí te explicamos, de manera clara y estructurada, cuáles son los requisitos para vender licor en Mérida.

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Foto: Canva

¿Se necesita licencia para vender bebidas alcohólicas en Mérida?

La venta o consumo de bebidas alcohólicas o cerveza únicamente puede realizarse en establecimientos que cuenten con una licencia de funcionamiento vigente, expedida por la Dirección de Finanzas y Tesorería Municipal.

Esta licencia es obligatoria antes de iniciar operaciones y autoriza un solo giro por establecimiento. Además, es personal, individual e intransferible, por lo que únicamente el titular puede ejercerla en el predio autorizado. Sin este documento, el negocio no puede operar legalmente.

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Foto: Canva

¿Qué condiciones debe cumplir el solicitante para obtener la licencia?

Para obtener la licencia, el interesado debe cumplir previamente con los requisitos y lineamientos establecidos en los ordenamientos federales, estatales y municipales aplicables.

El titular será el único responsable de la operación del establecimiento y del pago de los créditos fiscales municipales que se generen. Asimismo, deberá realizar el pago correspondiente por la expedición de la licencia y cumplir con los procedimientos administrativos establecidos por la autoridad municipal.

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Foto: Canva

¿Qué obligaciones deben cumplir los establecimientos con licencia?

Una vez obtenida la autorización, los titulares deben:

  • Operar únicamente el giro autorizado.
  • Tener en el establecimiento la licencia original o copia certificada.
  • Notificar por escrito cualquier baja, cancelación, cambio de giro o domicilio dentro de los 15 días hábiles siguientes.
  • Revalidar la licencia de funcionamiento de forma anual, conforme a las disposiciones legales aplicables.

El incumplimiento puede derivar en multas, negación o revocación de la licencia, especialmente si se proporciona información falsa o se transfiere indebidamente la autorización.


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